Resolución 817/2011

EmisorSecretaria de Trabajo
Fecha de la disposición24 de Junio de 2011

Viernes 24 de junio de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.177 54

Expediente N'º' 248.072/05

Buenos Aires, 24 de febrero de 2011

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N'º' 78/11, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 80/11 T. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación, D.N.R.T.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'º' 817/2011

Registros N'º' 886/2011 y N'º' 887/2011

Bs. As., 5/6/2010

VISTO el Expediente N'º' 1.347.072/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004), la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 3/4 del Expediente N'º' 1.370.126/10, agregado al Expediente N'º' 1.347.072/09 como fojas 50, obra el Acuerdo celebrado entre la UNION DEL PERSONAL SUPERIOR Y PROFESIONAL DE EMPRESAS AEROCOMERCIALES, y la empresa JET PAQ SOCIEDAD ANONIMA, de conformidad con lo establecido por la Ley de Negociación Colectiva N'º' 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el mismo las partes pactan la ratificación de las condiciones de trabajo previstas en el Acuerdo Marco de fecha 7 de marzo de 2002, homologado por medio de la Resolución S.T.

N'º' 207/02, con vigencia desde el 1 de septiembre de 2006 hasta el 1 de septiembre de 2007, conforme los detalles allà impuestos.

Que asimismo, a fojas 2/4 del Expediente citado en el visto obra el Acuerdo suscripto entre la UNION DEL PERSONAL SUPERIOR Y PROFESIONAL DE EMPRESAS AEROCOMERCIALES, y las empresas AEROLINEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA, AUSTRAL LINEAS AEREAS - CIELOS DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA, OPTAR OPERADOR MAYORISTA DE SERVICIOS TURISTICOS SOCIEDAD ANONIMA, JET PAQ SOCIEDAD ANONIMA, y AEROHANDLING SOCIEDAD ANONIMA.

Que a través del Acuerdo precitado las partes pactan nuevas condiciones económicas para los trabajadores de las empresas signatarias comprendidos en el ámbito de representación de la entidad sindical firmante, con vigencia a partir del 1 de abril de 2009.

Que los agentes negociadores ratifican los textos convencionales traÃdos a estudio, acreditando su personerÃa y facultades para negociar colectivamente con las constancias obrantes en autos.

Que el ámbito de aplicación de los mentados instrumentos se corresponde con la actividad de las empresas firmantes y la representatividad de la Entidad Sindical suscriptora, emergente de su PersonerÃa Gremial.

Que de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente, encontrándose acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez ello, procede remitir las actuaciones a la Dirección de Regulaciones de Trabajo a fin de evaluar la procedencia de practicar el cálculo de la Base Promedio de Remuneraciones y Topes Indemnizatorios, de acuerdo a lo previsto en el artÃculo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo.

Que la AsesorÃa Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo ha tomado la intervención.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N'º' 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1

'º — RegÃstrese el Acuerdo celebrado entre la UNION DEL PERSONAL SUPERIOR Y PROFESIONAL DE EMPRESAS AEROCOMERCIALES, y la empresa JET PAQ SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 3/4 del Expediente N'º' 1.370.126/10, agregado al principal como fojas 50, conforme lo dispuesto por la Ley de Negociación Colectiva N'º' 14.250 (t.o. 2.004).

ARTICULO 2

'º — Declárase homologado el Acuerdo suscripto entre la UNION DEL PERSONAL SUPERIOR Y PROFESIONAL DE EMPRESAS AEROCOMERCIALES, y las empresas AEROLINEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA, AUSTRAL LINEAS AEREAS-CIELOS DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA, OPTAR OPERADOR MAYORISTA DE SERVICIOS TURISTICOS SOCIEDAD ANONIMA,

JET PAQ SOCIEDAD ANONIMA, y AEROHANDLING SOCIEDAD ANONIMA, obrantes respectivamente a fojas 2/4 del Expediente N'º' 1.347.072/09, conforme lo dispuesto por la Ley de Negociación Colectiva N'º' 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 3

'º — RegÃstrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre los instrumentos obrantes a fojas 3/4 del Expediente N'º' 1.370.126/10, agregado al principal como fojas 50, y el acuerdo de fojas 2/4 del Expediente N'º' 1.347.072/09.

ARTICULO 4

'º — RemÃtase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 5

'º — NotifÃquese a las partes signatarias. Posteriormente remÃtanse las actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de practicar el cálculo de la Base Promedio y Tope Indemnizatorio conforme lo dispuesto por el ArtÃculo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N'º' 20.744 (t.o. 2004).

ARTICULO 6

'º — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO,

EMPLEO Y...

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