Resolución 527/2011

EmisorSecretaria de Trabajo
Fecha de la disposición16 de Junio de 2011

Jueves 16 de junio de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.172 47

ARTICULO 6

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N'º' 1.383.456/10

Buenos Aires, 24 de mayo de 2011

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N'º' 486/11, se ha tomado razón de lo establecido por el ArtÃculo 1'º donde los empleadores comprendidos por el Convenio Colectivo de Trabajo N'º' 545/08, deberán abonar en cuatro cuotas, a sus trabajadores, una suma no remunerativa de carácter excepcional y extraordinaria. Asimismo se ha tomado razón de lo establecido por el ArtÃculo 2'º donde se deja sin efecto lo establecido por el ArtÃculo 1'º de la Resolución ST N'º' 444/11, quedando registrado bajo el número 601/11. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación, D.N.R.T.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'º' 526/2011

Registro N'° 624/2011

Bs. As., 26/5/2011

VISTO el Expediente N'º' 1.432.741/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004), la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N'º' 345 de fecha 20 de abril de 2011, y CONSIDERANDO:

Que en el Expediente N'º' 1.432.741/11 se dictó la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N'º' 345 de fecha 20 de abril de 2011, por la que se declararon homologados los Acuerdos suscriptos entre el SINDICATO DEL PERSONAL JERARQUICO Y PROFESIONAL DEL PETROLEO Y GAS PRIVADO DE NEUQUEN Y RIO NEGRO, por la parte gremial, con la CAMARA DE EXPLORACION Y PRODUCCION DE HIDROCARBUROS (CEPH) y la CAMARA DE EMPRESAS DE OPERACIONES PETROLERAS ESPECIALES (CEOPE), por la parte empresaria, obrantes a fojas 6/7 y 8/11 del Expediente N'º' 1.432.741/00, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N'º' 537/08, conforme a lo dispuesto en la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004).

Que conforme surge de las constancias obrantes a fojas 29 de las actuaciones precitadas, los acuerdos fueron registrados bajo los números 474/11 y 475/11, respectivamente.

Que con posterioridad al dictado de la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N'º' 345/11, se presentó el SINDICATO DEL PERSONAL JERARQUICO Y PROFESIONAL DEL PETROLEO Y GAS PRIVADO DE NEUQUEN Y RIO NEGRO por Expediente N'°' 1.441.754/11 agregado como foja 35 a los autos principales, solicitando se ordene la extensión del ámbito geográfico de aplicación de ambos acuerdos al ámbito de las Provincias de SALTA, FORMOSA Y JUJUY.

Que en virtud de las facultades que posee esta Cartera Laboral, resulta pertinente hacer lugar a la petición detallada en el considerando anterior.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N'º' 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1

'º — Extiéndase el ámbito de aplicación territorial de los Acuerdos homologados por Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N'º' 345 de fecha 20 de abril de 2011 obrantes a fojas 6/7 y 8/11, respectivamente, del Expediente N'° 1.432.741/11 y registrados bajo el N'º' 474/11 y N'º' 475/11, a la jurisdicción de las Provincias de SALTA, FORMOSA y JUJUY.

ARTICULO 2

'º — RegÃstrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación tome razón de la medida dispuesta en el artÃculo precedente.

ARTICULO 3

'º — RemÃtase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4

'º — NotifÃquese a las partes signatarias de los acuerdos referidos en el artÃculo 1'º.

Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo, juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N'º' 537/08.

ARTICULO 5

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N'º' 1.432.741/11

Buenos Aires, 1 de junio de 2011

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N'º' 526/11 se ha tomado razón de la extensión del ámbito de aplicación de los acuerdos mencionados en el artÃculo...

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