Resolución 248/2011

Fecha de la disposición14 de Junio de 2011

Martes 14 de junio de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.170 17

RESOLUCIONES Ministerio de Agricultura, GanaderÃa y Pesca EMERGENCIA AGROPECUARIA Resolución 428/2011

Dase por prorrogado el estado de emergencia agropecuaria en la Provincia de Buenos Aires, a los efectos de la aplicación de la Ley N'º 26.509.

Bs. As., 8/6/2011

VISTO el Expediente N'º' S01:0078227/2011 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Ley N'º' 26.509 y su Decreto Reglamentario N'º' 1712 del 10 de noviembre de 2009, el Acta de la reunión ordinaria de la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS del 15 de marzo de 2011, y CONSIDERANDO:

Que la Provincia de BUENOS AIRES, a través del dictado del Decreto N'º' 3421 de fecha 30 de diciembre de 2010, prorroga el estado de emergencia y/o desastre agropecuario para las explotaciones rurales afectadas por sequÃa del Partido de Laprida; declara el estado de emergencia y/o desastre agropecuario para las explotaciones rurales afectadas por inundación del Partido de Alberti y declara el estado de emergencia agropecuaria para las explotaciones rurales afectadas por inundación del Partido de Rivadavia; en todos los casos, desde el 1'º de enero de 2010 y hasta el 30 de junio de 2010.

Que el Partido de Laprida, para el cual la Provincia de BUENOS AIRES prorrogó la declaración de emergencia y/o desastre agropecuario, habÃa sido declarado en estado de emergencia o desastre agropecuario por sequÃa a nivel nacional mediante la Resolución N'º' 24 de fecha 23 de noviembre de 2009; siendo prorrogada dicha declaración mediante la Resolución N'º' 135 de fecha 23 de abril de 2010, ambas del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Que la Provincia de BUENOS AIRES presentó ante la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS en la reunión ordinaria del 15 de marzo de 2011, la correspondiente solicitud para que se declare o prorrogue dentro de los términos de la Ley N'º' 26.509 las situaciones de emergencia agropecuaria indicadas en el primer considerando.

Que la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS ha analizado la situación ocurrida en las explotaciones provinciales y entiende que corresponde declarar o prorrogar el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, por sequÃa o inundaciones, a fin de la aplicación de las medidas previstas en la Ley N'º' 26.509 para paliar la situación de los productores y posibilitar la recuperación de las explotaciones afectadas.

Que es necesario establecer el perÃodo por el cual se extenderán los actuales ciclos productivos de las actividades afectadas a efectos de otorgar los beneficios contemplados en los ArtÃculos 22 y 23 de la Ley N'º' 26.509.

Que la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS ha establecido que los ciclos de las producciones afectadas en la solicitud de la Provincia de BUENOS AIRES finalizarán el 30 de junio de 2010 para...

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