Resolución

Provincia de Buenos Aires.

JUNTA ELECTORAL.

Resolución.

La Plata, mayo 31 de 2011.

Expte. 5200/13009 VISTO Las atribuciones conferidas a la Junta Electoral por el artículo 63 de la Constitución de la Provincia y por el artículo 5º del Decreto Ley 9889/82 (t.o según Decreto 3631/92), lo dispuesto por los Arts. 2, 11, 18, 19 y ccs. del Decreto ley citado, las distintas presentaciones efectuadas por la apoderada de la asociación que pretende denominarse “VERDE LOMENSE”, del distrito de Lomas de Zamora, mediante las cuales se solicita el reconocimiento de conformidad con las normas establecidas en el Decreto Ley 9889/82 T.O. por Decreto 3631/92, la documentación acompañada, así como el informe elaborado por la Secretaría de Actuación que antecede y CONSIDERANDO:

Que del informe obrante a fs. 73, surge que la agrupación de marras ha dado cumplimiento a lo normado en el cuarto párrafo, inc. “b”, art. 11 del Decreto Ley 9889/82 por Decreto 3631/92.

Que su Declaración de Principios, Bases de Acción Política (fs. 2/5) y Carta Orgánica Partidaria (fs. 6/10) satisfacen los recaudos establecidos en los artículos 17 y 18 del Decreto Ley 9889/82 T.O. por Decreto 3631/92.

Que del informe elaborado por la Secretaría de Actuación que antecede, surge que no existe oposición a la denominación pretendida (art. 36 del...

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