Resolución 157/2011

EmisorSecretaria de Energia
Fecha de la disposición 6 de Mayo de 2011

Viernes 6 de mayo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.144 18

Que el ArtÃculo 4'° del referido acto condicionaba la vigencia de la autorización otorgada a la celebración, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA DIAS (180) corridos contados a partir de la fecha de publicación de ese acto en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, del Contrato de Concesión con el ESTADO NACIONAL en el marco del ArtÃculo 14 de la Ley N'° 15.336, texto conforme al ArtÃculo 89 de la Ley N'° 24.065.

Que con posterioridad se han dispuesto sucesivas prórrogas a la autorización otorgada para actuar como AGENTE GENERADOR del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM), la última de ellas concedida por medio de la Resolución N'° 230 de fecha 17 de abril del 2009 de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que aún no se han perfeccionado los procedimientos previos a la suscripción del Contrato de Concesión previsto en la Ley N'° 15.336.

Que en orden a la simplificación de los trámites administrativos que conllevan estas prórrogas, teniendo en cuenta que estas decisiones pueden guiarse por criterios de oportunidad, mérito y conveniencia, se considera adecuado extender la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2012.

Que la SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA dependiente de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y la DIRECCION NACIONAL DE PROSPECTIVA dependiente de la SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA han tomado la intervención que les compete.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que las atribuciones para el dictado del presente acto surgen del ArtÃculo 37 de la Ley N'° 15.336 y de los artÃculos 35, 36 y 85 de la Ley N'° 24.065.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGIA RESUELVE:

ARTICULO 1

'° — AutorÃzase la postergación de la fecha lÃmite definida en el ArtÃculo 1'° de la Resolución N'° 230 de fecha 17 de abril del 2009 de la SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, quedando el ENTE EJECUTIVO PRESA DE EMBALSE CASA DE PIEDRA habilitado para actuar con carácter provisorio como AGENTE GENERADOR del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) por la CENTRAL HIDROELECTRICA CASA DE PIEDRA hasta el 31 de diciembre de 2012.

ARTICULO 2

'° â AutorÃzase la postergación de la fecha lÃmite definida en el ArtÃculo 2'° de la Resolución N'° 230 de fecha...

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