Resolución 161/2011

Fecha de la disposición 5 de Mayo de 2011

Jueves 5 de mayo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.143 13 que en esta etapa no es posible efectuar estos cálculos con una aproximación razonable.

Que por todo ello corresponde dejar la pertinente evaluación en torno al cumplimiento, o no, de tales parámetros para otra oportunidad, previa al inicio de la comercialización, una vez que se posean los elementos necesarios a tal efecto.

Que en idéntico momento deberán verificarse, nuevamente, los niveles de entrega de gas natural, bajo los parámetros de precio y prioridad establecidos en la Resolución N'º' 599/2007 de la SECRETARIA DE ENERGIA.

Que sin perjuicio de ello, la Empresa peticionante deberá instrumentar, para la producción que surja de este proyecto, una contabilidad por separado, a efectos de habilitar el permanente contralor del cumplimiento del parámetro establecido en el segundo Párrafo del Punto 4 del Anexo I de la Resolución N'º' 24/2008 de la SECRETARIA DE ENERGIA.

Que siendo estas verificaciones una cuestión de orden instrumental, dado que se encuentra ya acreditado el cumplimiento de las restantes condiciones de aprobación, corresponde el dictado de la presente resolución, cuya operatividad quedará supeditada al cumplimiento de las condiciones aún remanentes.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente acto se dicta en función de lo dispuesto en los artÃculos 3'º y 6'º de la Ley N'º' 17.319 y de conformidad a lo establecido en las resoluciones Nros. 24/2008, 1031/2008 y 695/2009 todas de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGIA RESUELVE:

ArtÃculo 1'º — Apruébase, en el marco de lo establecido por la Resolución N'º' 24 de fecha 6 de marzo de 2008 de la SECRETARIA DE ENERGIA, del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el proyecto ingresado por la Empresa PETROLERA ENTRE LOMAS SOCIEDAD ANONIMA (PETROLERA ENTRE LOMAS S.A.) en el presente trámite, correspondiente al Proyecto “CHARCO DEL PALENQUE” a desarrollar en la Concesión de Explotación AGUA AMARGA ubicada en la Provincia de RIO NEGRO.

En virtud de dicha aprobación, la producción de gas natural de PETROLERA ENTRE LOMAS S.A. que se obtenga del mismo se regirá por las reglas del Programa Gas Plus.

Art. 2

'º — La aprobación otorgada en el artÃculo precedente queda supeditada a la previa comprobación del cumplimiento del parámetro establecido en el segundo Párrafo del Punto 4 del Anexo I de la Resolución N'º' 24/2008 de la SECRETARIA DE ENERGIA.

Con tal objeto, la Empresa PETROLERA ENTRE LOMAS S.A., deberá acompañar a esta SecretarÃa, en forma previa al inicio de la producción de gas natural, un detalle de los costos involucrados en el desarrollo del proyecto, junto con las cartas de intención que haya acordado con quienes se vayan a proveer de este gas natural, de donde deberá surgir el precio que se ha proyectado para el mismo.

En forma simultánea a dicha evaluación se procederá a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR