Resolución 116/2011

Fecha de la disposición28 de Abril de 2011

Jueves 28 de abril de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.138 9 SecretarÃa de Industria y Comercio INDUSTRIA Resolución 116/2011

Apruébase un proyecto de inversión presentado en el marco del Decreto N'º 774/05.

Bs. As., 20/4/2011

VISTO el Expediente N'º' S01:0266393/2008 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que el Decreto N'º' 774 de fecha 5 de julio de 2005 estableció un Régimen de Incentivo a la Competitividad de las Autopartes Locales que sean adquiridas por las empresas fabricantes de determinados productos automotores.

Que los beneficios del régimen se traducen en la posibilidad de obtener el pago de un reintegro en efectivo sobre el valor ex fábrica de las compras de autopartes locales, que sean adquiridas por las empresas fabricantes de los productos automotores indicados en el ArtÃculo 3'º del Decreto N'º' 774/05, que cuenten con establecimiento industrial radicado en el Territorio Nacional al amparo del Decreto N'º' 939 de fecha 26 de julio de 2004.

Que conforme dispone el ArtÃculo 3'º del Decreto N'º' 774/05, las autopartes deben estar destinadas a la fabricación de plataformas nuevas de los productos que estipula, y a la producción de los Ãtems automotores que define en el inciso c) del mismo.

Que las plataformas nuevas pueden ser nuevas exclusivas o nuevas no exclusivas conforme las define el ArtÃculo 4'º del Decreto N'º' 774/05.

Que el ArtÃculo 10, inciso a) del mencionado decreto instituye para las plataformas nuevas exclusivas un reintegro equivalente al OCHO POR CIENTO (8%) de su valor ex fábrica antes de impuestos en el primer año de producción de vehÃculo, al SIETE POR CIENTO (7%) en el segundo y al SEIS POR CIENTO (6%) en el tercero de producción de dicho vehÃculo.

Que el ArtÃculo 10, inciso b) del mencionado decreto instituye para las plataformas nuevas no exclusivas un reintegro equivalente al SIETE POR CIENTO (7%) de su valor ex fábrica antes de impuestos en el primer año de producción de vehÃculo y al SEIS POR CIENTO (6%) en el segundo.

Que el proyecto de inversión denominado âT3â, presentado por la Empresa PEUGEOT CITRÃEN ARGENTINA S.A. destinado a la fabricación de vehÃculos automotores basados en UNA (1) plataforma nueva no exclusiva, se encuentra enmarcado en lo dispuesto por el Decreto N'º' 774/05 y la Resolución N'º' 166/06 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÃA Y...

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