Resolución 272/2020

Fecha de publicación27 Noviembre 2020
SecciónResoluciones
EmisorINSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE


Ciudad de Buenos Aires, 26/11/2020

VISTO el expediente EX-2019-53179702-APN-DCT#INCUCAI, las funciones asignadas al INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI) por la Ley Nº 27.447 de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, y la Resolución INCUCAI Nº 025/2020; y

CONSIDERANDO

Que la Resolución INCUCAI N° 025/2020, en su ANEXO I (IF-2020-04209622-APN-DCT#INCUCAI) aprobó las NORMAS PARA LA HABILITACIÓN DE PROGRAMAS PARA LA MOVILIZACIÓN, RECOLECCIÓN, CRIOPRESERVACION Y TRASPLANTE DE CÉLULAS PROGENITORAS HEMATOPOYÉTICAS (CPH) AUTÓLOGO Y ALOGÉNICO RELACIONADO HISTOIDÉNTICO.

Que la DIRECCIÓN CIENTÍFICO TÉCNICA ha detectado la omisión involuntaria de aspectos vinculados a la infraestructura de las habitaciones de las Unidades de Trasplante referidos en el citado ANEXO I, apartado C, punto 1), inciso 2 de la mencionada norma.

Que en atención a ello, resulta pertinente subsanar la referida omisión a través del dictado del acto administrativo correspondiente.

Que la DIRECCIÓN CIENTÍFICO TÉCNICA y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS, han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en el marco de las competencias otorgadas por el artículo 9 de la Ley Nº 27.447.

Que la presente medida ha sido considerada y aprobada en reunión de Directorio del día 26 de noviembre de 2020, conforme surge del texto del Acta Nº 42.

Por ello;

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL...

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