Resolución 60/2011

EmisorInstituto Nacional de la Yerba Mate
Fecha de la disposición13 de Abril de 2011

Miércoles 13 de abril de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.129 45

CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente citado en el Visto tramita la asignación del “Suplemento Extraordinario” mensual al agente D. Rafael Alejandro ALARCON.

Que por la Decisión Administrativa N'º 477/98, se estableció la integración de los Gabinetes de las Unidades Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros, Secretarios y Subsecretarios, los que estarán integrados con el equivalente a la cantidad de Unidades Retributivas que se detallan en la planilla anexa al artÃculo 8'º de la Decisión Administrativa N'º 1/00, sustitutiva de la planilla similar anexa al artÃculo 1'º de la medida citada en primer término en el Visto.

Que por el artÃculo 3'º de la Decisión Administrativa N'º 477/98 se estableció que el excedente de Unidades Retributivas asignadas y no utilizadas al fijar la retribución de los Asesores de Gabinete, podrá ser empleado a fin de designar personal, otorgándosele Unidades Retributivas o acordar, de la misma forma, el “Suplemento de Gabinete” o el “Suplemento Extraordinario”.

Que según surge a fs. 2, a fin de compensar la iniciativa y méritos en el desempeño de las funciones asignadas al agente D. Rafael Alejandro ALARCON, quien presta servicios en el ámbito de la SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL de esta Jurisdicción, procede otorgarle el “Suplemento Extraordinario” mensual en el gabinete de la SUBSECRETARIA DE EJECUCION OPERATIVA de la citada SecretarÃa, con la asignación mensual de las Unidades Retributivas correspondientes.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE GABINETE dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente medida se dicta a tenor de lo establecido en el artÃculo 3'º inciso c) de la Decisión Administrativa N'º 477/98.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE EJECUCION OPERATIVA DE LA SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DISPONE:

ARTICULO 1

'° — AsÃgnase el “Suplemento Extraordinario” mensual correspondiente al gabinete de la SUBSECRETARIA DE EJECUCION OPERATIVA de la SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, al agente D. Rafael Alejandro ALARCON (D.N.I.

N'º 33.568.576), otorgándole una suma adicional mensual a su remuneración equivalente a la cantidad de SEISCIENTAS CINCUENTA Y OCHO (658) Unidades Retributivas. La asignación propuesta comenzará a regir a partir del dÃa primero del mes siguiente a su otorgamiento.

ARTICULO 2

'° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, se imputará con cargo a los créditos de las partidas especÃficas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTICULO 3

'° — ComunÃquese, publÃquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archÃvese. — MARIANO PINEDO, Subsecretario de Ejecución Operativa, Jefatura de Gabinete de Ministros.

e. 13/04/2011 N'º' 41072/11 v. 13/04/2011 INSTITUTO NACIONAL DE LA YERBA MATE Resolución N'º' 60/2011

Posadas, Misiones, 29/3/2011

VISTO: El Expte. N'º' 95/10 registro INYM, lo dispuesto en el TÃtulo IV, CapÃtulos I, II y III de la Ley N'° 25.564, Decreto Reglamentario N'º' 1240/02 y art. 13 del Estatuto del INYM; y,

CONSIDERANDO:

QUE, por Res. 45/10 del INYM, se convocó a las Entidades privadas mencionadas en el art. 6'º incs. d, e, f, g y h de la Ley N'° 25.564 a inscribirse y/o actualizar antecedentes en el registro respectivo a fin de participar en el procedimiento para la designación de Directores del INYM, conforme las normas aplicables;

QUE, por Res. N'º' 101/10 registro del INYM, se aprobó una prórroga del plazo fijado inicialmente para inscribirse en la convocatoria de Entidades, o para cumplimentar con los requisitos formales pendientes al efecto;

QUE, encontrándose vencido el plazo fijado, se procedió a realizar un relevamiento de las Entidades que presentaron sus antecedentes a los fines de la elección de miembros del Directorio del INYM;

QUE, del análisis de la documentación presentada por las Entidades, se ha comprobado que sólo una entidad no se encuentra habilitada para participar en el acto eleccionario, por haber presentado sus antecedentes luego del vencimiento del plazo de convocatoria y su correspondiente prórroga, siendo la misma correspondiente al Sector Trabajadores Rurales, la Asociación Civil Tareferos Ñacanguzú;

QUE, por otro lado, han cumplido con todos los requisitos exigidos a los fines de su habilitación para participar en el procedimiento de designación de Directores el INYM, las siguientes Asociaciones y Entidades:

Sector Productivo:

1) Centro Agrario Yerbatero Argentino (C.A.Y.A.), 2) Asociación Rural Yerbatera Argentina (ARYA), 3) Asociación Civil AgrÃcola, Ganadera y Forestal de la Zona Sur, 4) Asociación Civil Frente Agrario Misionero, 5) Asociación de Plantadores del Nordeste Argentino, 6) Asociación de Productores Agropecuarios de la Zona Sur de Misiones (ARAZUR), 7) Federación Agraria Argentina (FAA).

Sector Secaderos:

1) Asociación de Secaderos del Alto Paraná (A.S.Y.M.A.P.).

Sector Cooperativo:

1) Cooperativa AgrÃcola Colonia Polana Limitada, 2) Productores de Yerba Mate de Santo Pipó Sociedad Cooperativa Limitada, 3)...

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