Resolución 76/2011
Fecha de la disposición | 11 de Abril de 2011 |
Lunes 11 de abril de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.127 9
RESOLUCIONES SecretarÃa de Industria y Comercio COMERCIO EXTERIOR Resolución 76/2011
Procédese al cierre de la investigación que se llevara a cabo sobre operaciones con determinadas mercaderÃas originarias de la República Popular China.
Bs. As., 6/4/2011
VISTO el Expediente N'º' S01:0240028/2009 del Registro del ex MINISTERIO DE PRODUCCION, y CONSIDERANDO:
Que mediante el expediente de la referencia, con fecha 17 de junio de 2009, la firma FRIO INDUSTRIAS ARGENTINAS S.A.
solicitó el inicio de una investigación por presunto dumping en operaciones de exportación hacia la REPUBLICA ARGENTINA de clorodifluorometano, originarias de la REPUBLICA POPULAR CHINA, mercaderÃa que clasifica en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR, (N.C.M.) 2903.49.11.
Que mediante la Resolución N'º' 318 de fecha 23 de septiembre de 2009 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÃA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE PRODUCCION, publicada en el BoletÃn Oficial el dÃa 29 de septiembre de 2009 se declaró procedente la apertura de investigación.
Que con posterioridad a la apertura de investigación se invitó a las partes interesadas a realizar sus correspondientes ofrecimientos de prueba.
Que habiéndose producido el vencimiento del plazo otorgado para los mismos, se procedió a elaborar el proveÃdo de pruebas.
Que una vez vencido el plazo otorgado para la producción de la prueba ofrecida, se procedió al cierre de la etapa probatoria de la investigación, invitándose a las partes interesadas a tomar vista del expediente citado en el Visto para que, en caso de considerarlo necesario, las mismas presentaran sus alegatos.
Que en cumplimiento de lo dispuesto en el ArtÃculo 5.10 del Acuerdo Relativo a la Aplicación del ArtÃculo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, incorporado a nuestra legislación por medio de la Ley N'º' 24.425 la Autoridad de Aplicación, con el objeto de dar cumplimiento a las distintas instancias que componen la investigación, ha hecho uso del plazo adicional.
estima que, a partir del procesamiento y análisis efectuado de toda la documentación obrante en el expediente, se ha determinado la existencia de margen de dumping en la exportación hacia la REPUBLICA ARGENTINA de âClorodifluorometanoâ originarios de la REPUBLICA POPULAR CHINA conforme lo detallado en el Punto IX del presente Informeâ.
Que del mencionado informe se arribo a un margen de dumping final para las operaciones de exportación originarias de la REPUBLICA POPULAR CHINA del CIENTO CUATRO COMA NOVENTA Y SIETE POR CIENTO (104,97%).
Que el...
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