Resolución 269.

EmisorAdministracion Nacional de Aviacion Civil
Fecha de la disposición21 de Abril de 2017

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

Resolución 269/2017

Buenos Aires, 11/04/2017

VISTO el Expediente ANC N° 0034979/2016 del Registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, y

CONSIDERANDO:

Que el Convenio sobre Aviación Civil Internacional, en su Artículo 28, inciso a), establece que cada Estado Contratante se compromete a, en la medida en que lo juzgue factible, proveer en su territorio aeropuertos, servicios de radio, servicios meteorológicos y otras instalaciones y servicios para la navegación aérea a fin de facilitar la navegación aérea oportunamente en la aplicación del mencionado Convenio.

Que sobre la base de las Normas y Métodos Recomendados (SARPS) internacionales establecidos por la ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL (OACI) en el Anexo 11 - "SERVICIOS DE TRÁNSITO AÉREO" se ha confeccionado la Reglamentación Aeronáutica de la REPÚBLICA ARGENTINA que regula lo relacionado a los Servicios de Tránsito Aéreo.

Que el ex-COMANDO DE REGIONES AÉREAS, entonces perteneciente a la FUERZA AÉREA ARGENTINA, mediante Disposición N° 114 de fecha 01 de diciembre de 2008, aprobó la aplicación y publicación del "REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE TRÁNSITO AÉREO".

Que se evidencia la necesidad de actualizar la normativa de referencia que actualmente regula la prestación de los Servicios de Tránsito Aéreo en la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE INSPECCIÓN DE NAVEGACIÓN AÉREA (DNINA), es la Autoridad Aeronáutica competente responsable de regular y fiscalizar la prestación de los Servicios de Tránsito...

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