Resolución 2685/2020

Fecha de publicación21 Diciembre 2020
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE SALUD


Ciudad de Buenos Aires, 18/12/2020

VISTO el Expediente EX–2020-73198242-APN-DD#MS, el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, la Decisión Administrativa N° 457 de fecha 4 de abril de 2020, las Resoluciones del MINISTERIO DE SALUD Nros. 1883 de fecha 16 del 12 de 2005, 107 de fecha 12 de marzo de 2008, 327 de fecha 29 de marzo de 2011 y la Resolución de la ex SECRETARÍA DE PROMOCIÓN Y PROGRAMAS SANITARIOS N° 54 de fecha 2 de marzo de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución del MINISTERIO DE SALUD N° 1883/2005, se aprobaron las Normas de Organización y Funcionamiento de los Servicios de Cirugía Cardiovascular las cuales se incorporaron al PROGRAMA NACIONAL DE GARANTÍA DE CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA.

Que asimismo por Resolución de este Ministerio N° 107/2008 se creó el PROGRAMA NACIONAL DE CARDIOPATÍAS CONGÉNITAS y el actual REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES PARA LA ATENCIÓN DE CARDIOPATÍAS CONGÉNITAS en el ámbito de la ex DIRECCIÓN NACIONAL DE MATERNIDAD E INFANCIA, cuyas competencias, entre otras, resultan de la actual DIRECCIÓN DE SALUD PERINATAL Y NIÑEZ de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ABORDAJE POR CURSO DE VIDA.

Que posteriormente mediante Resolución de esta cartera N° 327/2011, se transfirió el PROGRAMA NACIONAL DE CARDIOPATÍAS CONGÉNITAS al ámbito de la entonces SUBSECRETARÍA DE SALUD COMUNITARIA, dependiente de la ex SECRETARÍA DE PROMOCIÓN Y PROGRAMAS SANITARIOS, y se creó el Centro Coordinador de Derivaciones de Pacientes con Cardiopatías Congénitas a efectos de ejecutar el proceso de derivación de casos a los establecimientos participantes en el Programa.

Que la última norma citada estableció asimismo las acciones del Área de Auditoría y Supervisión de Producción y Calidad de los Servicios de Cardiopatías Congénitas y del Área de Registro y Asignación de Casos.

Que a fin de integrar el actual REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES PARA LA ATENCIÓN DE CARDIOPATÍAS CONGÉNITAS se estableció como obligación de previo cumplimiento que los prestadores cuenten con la respectiva calificación favorable, conforme a los criterios establecidos por este Ministerio, de la ex DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN SANITARIA Y CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD, actual DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD Y REGULACIÓN SANITARIA.

Que mediante Resolución N° 54/2012 de la ex SECRETARÍA DE PROMOCIÓN Y PROGRAMAS SANITARIOS, se estableció el reglamento operativo para la gestión administrativa de pago de las prestaciones, se actualizó el referido Registro Nacional de...

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