Resolución 36/2011

EmisorAutoridad Regulatoria Nuclear
Fecha de la disposición31 de Marzo de 2011

Jueves 31 de marzo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.120 46

Q PRESS S.R.L. (C.U.I.T. 30-71019276-2) Caducidad plan de facilidades de pago MIS FACILIDADES N'º' C831329 por la suma de $ 30.683,37 liquidados al 8/2/2010. — Cont. Púb. GABRIELA MARA BELLEDI, Jefe (Int.), Agencia N'º' 15, Dirección Regional Oeste.

e. 31/03/2011 N'º' 34124/11 v. 06/04/2011 % 46 % ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD GABINETE DE DIRECCION Y COORDINACION DE PROCESOS Resolución N'º' 1/2011

Expediente ENRE N'º' 33.342/2010

Bs. As., 23/3/2011

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Los generadores, transportistas y distribuidores obligados al pago de la Tasa de Fiscalización y Control para el año 2011, deberán cancelar el monto de la segunda cuota y el ajuste de la primera cuota el dÃa 25 de Abril de 2011. 2.- Los importes a pagar se detallan en la planilla que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución. 3.- Disponer que el Departamento Administrativo efectúe la notificación de la presente Resolución, a las Empresas obligadas al pago de la Tasa fijada en la presente, juntamente con su Anexo I. 4.- Solicitar a CAMMESA la publicación de la presente Resolución en su página Web. Firmado: Lic. ANDRES ELUANI, Asesor en PolÃtica Regulatoria. — Cdor. DANIEL CAMPORRO, Director de Control de Gestión. — Dr. SERGIO BERGOGLIO, Director de Asuntos JurÃdicos Administrativos. — Cdor. ROBERTO FERNANDEZ, Director de Administración. — Dra. GRACIELA ANDINA SILVA DE ALFANO, Directora de SecretarÃa General, Gabinete de Dirección y Coordinación de Procesos.

El Anexo citado puede ser consultado por los interesados en la Sede del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, Avda. Madero N'º' 1020 7'º piso de la Capital Federal, en el horario e 9 a 13 y de 14 a 17.30.

e. 31/03/2011 N'º' 34789/11 v. 31/03/2011 % 46 % AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR DEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION Resolución N'º' 36/2011

Bs. As., 16/3/2011

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N'º' 24.804, su Decreto Reglamentario N'º' 1390/98, la Ley N'º' 25.018, el Decreto N'º' 1172/03, la Resolución del Directorio N'º' 154/09, la Norma AR 10.16.1 “Transporte de Materiales Radiactivos”, la Norma AR 10.1.1 “Norma Básica de Seguridad Radiológica”, el Procedimiento de esta ARN G-DIR-02 “Elaboración y Revisión de Normas y GuÃas Regulatorias”, el Expediente N'º' 5/10, lo actuado por las GERENCIAS APOYO CIENTIFICO TECNICO, de SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICA Y SALVAGUARDIAS y de LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE REACTORES NUCLEARES y la SECRETARIA GENERAL, y CONSIDERANDO:

Que el ArtÃculo 7'º de la Ley N'º' 24.804 citada en el VISTO, establece que la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR tendrá a su cargo la función de regulación y fiscalización de la actividad nuclear en todo lo referente a los temas de seguridad radiológica y nuclear.

Que el ArtÃculo 16 a) de la mencionada Ley dispone que la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR dictará las normas regulatorias referidas a seguridad radiológica y nuclear, protección fÃsica y fiscalización del uso de materiales nucleares, licenciamiento y fiscalización de instalaciones nucleares, salvaguardias internacionales y transporte de materiales nucleares en su aspecto de seguridad radiológica y nuclear y protección fÃsica.

Que en las actividades nucleares reguladas y fiscalizadas por la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR se verifica la presencia de radionucleidos con concentraciones de actividad muy bajas, que no ameritan su gestión como residuos radiactivos por no resultar riesgosos para la salud de las personas ni para el ambiente.

Que el ArtÃculo 2 de la Ley N'º' 25.018, establece que la gestión de los residuos radiactivos deberá realizarse en un todo de acuerdo con los lÃmites establecidos por la Autoridad Regulatoria.

Que a fin de optimizar la gestión de residuos radiactivos, resulta conveniente definir los valores de concentración de actividad genéricos por debajo de los cuales se podrÃa suprimir el control regulatorio ulterior —dispensa—, por no resultar riesgosos para la salud de las personas ni para el ambiente.

Que mediante el informe GOV/2004/54-GC(48)/8 la Junta de Gobernadores del ORGANISMO INTERNACIONAL DE ENERGIA ATOMICA, de la cual es miembro la REPUBLICA ARGENTINA, aprobó niveles genéricos de dispensa por concentración de actividad aplicables a radionucleidos presentes en sólidos en cantidades a granel.

Que resulta necesario que la REPUBLICA ARGENTINA adopte valores de concentración de actividad genéricos de dispensa que estén en armonÃa con los recomendados internacionalmente, motivo por el que se han evaluado los mismos y se los considera conservativos y apropiados.

Que mediante la Resolución del Directorio N'º' 154/09 se aprobaron los referidos valores de concentración de actividad genéricos de dispensa recomendados internacionalmente aplicables a radionucleidos presentes en sólidos en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR