Resolución 3/2011

Fecha de la disposición30 de Marzo de 2011

Miércoles 30 de marzo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.119 9

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artÃculo 86 del Régimen Nacional de Trabajo Agrario, aprobado por la Ley 22.248, y el Decreto Reglamentario N'º' 563 del 24 de marzo de 1981 y sus modificatorios.

Por ello,

LA COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO RESUELVE:

ArtÃculo 1'º — FÃjanse las remuneraciones para el personal ocupado en las tareas de CORTE Y MANIPULEO DE TOTORA, las que tendrán vigencia a partir del 1'º de diciembre de 2010, en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) N'º' 6 para las Provincias de MENDOZA y SAN JUAN, que a continuación se detallan:

$' 104,00.A DESTAJO:

$' 1,60.Art. 2'º — Establécese que los empleadores actuarán como agentes de retención de la cuota de solidaridad que deberán descontar a todos los trabajadores comprendidos en el marco de la presente Resolución, que se establece en el DOS POR CIENTO (2%) mensual sobre el total de las remuneraciones de dicho personal. Los montos retenidos en tal concepto deberán ser depositados hasta el dÃa 15 de cada mes en la cuenta especial de UATRE N'º' 26-026/48 del Banco de la Nación Argentina. Los afiliados a la Asociación Sindical signataria de la presente quedan exentos de pago de la cuota solidaria. La retención precedentemente establecida regirá a partir de la vigencia de la presente Resolución y por el término de DIEZ (10) meses. La presente cuota aporte de solidaridad no corresponde superponerla con la establecida para los trabajadores permanentes comprendidos en la Resolución CNTA N'º' 75 de fecha 20 de septiembre de 2010, que por ello no deberán efectuarse descuentos por este concepto si se ha efectuado la deducción por aquella otra.

Art. 3

'º — RegÃstrese, comunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Alvaro D. Ruiz. — Alejandro Senyk. — Mario Burgueño Hoesse. — Alejandro Robba. — Miguel A. Giraudo. — Abel F. Guerrieri. — Jorge Herrera. — Ramón Ayala.

% 9 % % 9 % Comisión Nacional de Trabajo Agrario SALARIOS Resolución 3/2011

FÃjanse las remuneraciones para el personal ocupado en las tareas de cosecha de papas.

Bs. As., 16/3/2011

VISTO, el expediente N'° 1.428.198/11 del registro del MINISTERIO DE TRABAJAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y CONSIDERANDO:

Que en el citado expediente obra copia del Acta N'° 175 de fecha 23 de diciembre de 2010, mediante la cual la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) N'° 2 eleva a la Comisión Nacional de Trabajo Agrario (C.N.T.A.), el Acta N'° 24 de la Subcomisión de Papa, de fecha 26 de noviembre de 2010, mediante la cual se aprueba un incremento sobre las remuneraciones mÃnimas para la actividad.

Que analizados los antecedentes respectivos, y habiendo coincidido los representantes sectoriales en cuanto a la...

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