Resolución 264/2015

Fecha de disposición05 Junio 2015
Fecha de publicación16 Junio 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33151



MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS

SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 264/2015Bs. As., 5/6/2015

VISTO el Expediente N° S01:0196342/2011 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 80 de fecha 7 de marzo de 2013 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PUBLICA Y SERVICIOS, se autorizó el ingreso al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) de la Empresa ENERGÍA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (ENARSA), como AGENTE GENERADOR del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM), por la CENTRAL HIDROELÉCTRICA LUJÁN DE CUYO de UN MEGAVATIO (1 MW).

Que el Artículo 3° del referido acto condicionaba la vigencia de la autorización otorgada a la celebración del Contrato de Concesión con el ESTADO NACIONAL en el marco del Artículo 14 de la Ley N° 15.336, texto conforme al Artículo 89 de la Ley N° 24.065, antes del 31 de diciembre de 2014.

Que aún no se han perfeccionado los procedimientos previos a la suscripción del Contrato de Concesión previsto en la Ley N° 15.336.

Que en orden a la simplificación de los trámites administrativos que conllevan estos plazos, teniendo en cuenta que estas decisiones pueden guiarse por criterios de oportunidad, mérito y conveniencia, se considera adecuado extender la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2017.

Que la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA dependiente de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROSPECTIVA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA han tomado la intervención que les compete.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que las atribuciones para el dictado del presente acto surgen del Artículo 37 de la Ley N° 15.336 y de los artículos 35, 36 y 85 de la Ley N° 24.065.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

— Autorízase la postergación de la fecha límite definida en el Artículo 3° de la Resolución N° 80 de fecha 7 de marzo de 2013 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, quedando la Empresa ENERGÍA ARGENTINA...

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