Resolución 262 - E. Modificación. Resolución N° 159\/2016.
Fecha de disposición | 24 Agosto 2016 |
Fecha de publicación | 24 Agosto 2016 |
Sección | Resoluciones |
Resolución 262 - E/2016
Modificación. Resolución N° 159/2016.
Buenos Aires, 19/08/2016
VISTO el Expediente Nº S01:0158109/2016 del Registro del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, la Ley Nº 26.849 y la Resolución Nº 159 de fecha 28 de abril de 2016 del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 26.849 en su Artículo 1º aprueba el aumento de la cuota de la REPÚBLICA ARGENTINA en el FONDO MONETARIO INTERNACIONAL, de acuerdo con la Decimocuarta Revisión General de Cuotas del referido organismo, en la suma de DERECHOS ESPECIALES DE GIRO UN MIL SETENTA MILLONES DOSCIENTOS MIL (DEG 1.070.200.000).
Que en cumplimiento con lo dispuesto por el Artículo 5º de esa ley se dispuso, por el Artículo 1º de la Resolución Nº 159 de fecha 28 de abril de 2016 del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, la emisión de la Letra del Tesoro Nacional en Dólares Estadounidenses a ser suscripta por el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, como contrapartida de los pagos que el mismo efectúe en nombre y por cuenta de la REPÚBLICA ARGENTINA, de conformidad a lo previsto en el Artículo 4º de la Ley Nº 26.849, para cancelar el VEINTICINCO POR CIENTO (25%) del aumento de la cuota en el FONDO MONETARIO INTERNACIONAL.
Que en armonía con la fecha prevista para la realización del aporte al FONDO MONETARIO INTERNACIONAL se dispuso que la determinación del monto en DÓLARES ESTADOUNIDENSES de la letra a suscribir sería realizado en función del tipo de cambio del DÓLAR ESTADOUNIDENSE contra los DERECHOS ESPECIALES DE GIRO (DEG) del 29 de abril de 2016.
Que al no haberse concretado el aporte en cuestión en la fecha originalmente prevista, resulta necesario adecuar la fecha de tipo de cambio a utilizar para la colocación de la Letra del Tesoro.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 5º de la Ley Nº 26.849 y por el Artículo 34 de la Ley Nº 27.198.
Por ello,
EL MINISTRO
DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Sustitúyese el Artículo 1° de la Resolución N° 159 de fecha 28 de abril de 2016 del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS el que quedará redactado de la siguiente forma:
"ARTÍCULO 1°.- Dispónese la emisión de UNA (1) Letra del Tesoro Nacional intransferible denominada en Dólares Estadounidenses a ser...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba