Resolución 118/2011
Emisor | Comision Nacional de Regulacion del Transporte |
Fecha de la disposición | 21 de Marzo de 2011 |
Lunes 21 de marzo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.114 42 % 42 % MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av.
Belgrano N'º' 1656, Capital Federal, notifica que por medio de las disposiciones N'º' 201/11; 202/11;
205/11; 204/11 se ha resuelto dar por decaÃdos los derechos dejados de usar para presentar los descargos y ofrecer pruebas en los términos del articulo 1'º inciso e) apartado N'º' 8 de la Ley N'º' 19.549 y declarar la cuestión de puro derecho, respectivamente, a las entidades que a continuación se detallan: âCOOPERATIVA DE VIVIENDA âHORNEROSâ LIMITADA, MatrÃcula 33.389; COOPERATIVA DE TRABAJO 3 DE MAYO LIMITADA, Matricula 29.235; ASOCIACION MUTUAL MEGA, MatrÃcula CF 2589; ASOCIACION MUTUAL DE EMPLEADOS DE DESPACHANTE DE ADUANA 27 DE ABRIL (AMEDA 27 DE ABRIL)â De acuerdo a las normas en vigor se fija el plazo de DIEZ (10) dÃas, para que de considerarlo pertinente, las entidades procedan a tomar vista de las actuaciones sumariales, en los términos y a los efectos previstos en el Art. 60 del Decreto N'º' 1759/72.
El presente deberá publicarse por TRES (3) DIAS EN EL BOLETIN OFICIAL, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Decreto Reglamentario N'º' 1759/72 (T.O. 1991). Fdo.: Dra. MELINA GUASSARDO, Instructora Sumariante, INAES.
e. 21/03/2011 N'º' 29831/11 v. 23/03/2011 % 42 % ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS ADUANA DE ORAN Orán, 11/3/2011
Por ignorarse el domicilio se cita a las personas que más abajo se detallan, para que dentro de los diez (10) dÃas hábiles perentorios, comparezcan en los Sumarios Contenciosos respectivos a los efectos de presentar sus defensas y ofrecer prueba por presunta infracción imputada y penada por el Código Aduanero (Ley 22.415), bajo apercibimiento de RebeldÃa (Art. 1005 CA). Deberá en su primera presentación constituir domicilio en el radio urbano de la Aduana (Art.1001 CA), sita en España N'º' 144 Oran (Salta), debiendo tener presente lo prescripto por el Art. 1034 CA., bajo apercibimiento de los Arts. 1004, 1005, y 1013 inc. G) del citado cuerpo legal. La acción penal se extingue por el pago voluntario del mÃnimo de la multa impuesta (Art. 930/932 C.A.) Fdo. CPN DANIEL SEGOVIA, Administrador Aduana de Orán.
e. 21/03/2011 N'º' 29674/11 v. 21/03/2011 % 42 % ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS...
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