Resolución 261-E.

Fecha de disposición10 Mayo 2017
Fecha de publicación10 Mayo 2017
SecciónResoluciones

MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA

SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Resolución 261-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 08/05/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-07053672-APN-DDYME#MEM, y

CONSIDERANDO:

Que la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), que por Decreto N° 1.192 de fecha 10 de julio de 1992 tiene asignadas las funciones de ORGANISMO ENCARGADO DE DESPACHO (OED), elevó a esta Secretaría la Programación Estacional de Invierno correspondiente al período mayo-octubre de 2017, según lo establecido en "Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios" (Los Procedimientos) aprobados por Resolución N° 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, sus modificaciones y complementarias.

Que, en tal marco, a través de la Resolución N° 256 de fecha 28 de abril de 2017 de esta SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA, se aprobó la Programación Estacional de Invierno correspondiente al período mayo-octubre de 2017.

Que los numerales 4) y 5), Artículo 8° de la Resolución referida precedentemente, de manera errónea, describen supuestos y categorías debidamente tratadas en los puntos 2) y 3) de dicho Artículo, por lo que resulta necesaria su modificación.

Que la rectificación de errores materiales se encuentra prevista en el Artículo 101 del Reglamento Nacional de Procedimientos Administrativos aprobado por el Decreto N° 1759 de fecha 3 de abril de 1972, según Texto Ordenado aprobado mediante Decreto N° 1883 de fecha 17 de septiembre de 1991.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA TÉRMICA, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención que le compete.

Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por los Artículos 35 y 36...

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