Resolución 60/2007

Fecha de disposición08 Febrero 2007
Fecha de publicación08 Febrero 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31091

Secretaria de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos

BIOTECNOLOGIA AGROPECUARIA

Resolución 60/2007

Apruébase un tratamiento diferenciado para el otorgamiento de la autorización de comercialización para aquellas acumulaciones provenientes del cruzamiento de parentales, en el marco de la Resolución Nº 39/2003.

Bs. As., 5/2/2007

VISTO el Expediente N° S01:0414352/2006 del Registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° 39 de fecha 11 de julio de 2003 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION establece los requisitos para la liberación experimental de Organismos Vegetales Genéticamente Modificados y los requisitos para el otorgamiento de permisos de comercialización para Organismos Vegetales Genéticamente Modificados.

Que la Resolución N° 412 de fecha 10 de mayo de 2002 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, establece los fundamentos y criterios para la evaluación de alimentos derivados de Organismos Genéticamente Modificados, así como los requisitos y normas de procedimiento para la evaluación de la aptitud alimentada humana y animal de los alimentos derivados de Organismos Genéticamente Modificados.

Que la resolución citada en el primer considerando en su Anexo, inciso I "REQUISITOS", apartado 2, subinciso 2.4, establece que un Organismo Vegetal Genéticamente Modificado que contenga una acumulación de eventos requiere ser evaluado.

Que para solicitar autorización para la liberación comercial de un Organismo Vegetal Genéticamente Modificado es requisito haber cumplido en forma satisfactoria con lo normado en las resoluciones anteriormente citadas.

Que nuestro país cuenta con una amplia experiencia regulando la liberación al medio de eventos en distintos cultivos y que esta experiencia permite, basándose en la evaluación caso por caso, diferenciar los requisitos que son necesarios para la evaluación de los distintos eventos o acumulación de eventos.

Que la liberación al medio de nuevos eventos conlleva la posibilidad de que se produzcan cruzamientos espontáneos o inducidos entre plantas que contienen eventos aprobados para su comercialización con...

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