Resolución 478/2006

Fecha de disposición07 Febrero 2007
Fecha de publicación07 Febrero 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31090

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución N° 478/2006

Registro N° 494/06

Bs. As., 8/8/2006

VISTO el Expediente N° 1.147.972/05 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley N° 25.877, el Decreto N° 900 de fecha 29 de junio de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que bajo las presentes actuaciones tramita el Acuerdo Colectivo alcanzado por la UNION PERSONAL AERONAVEGACION DE ENTES PRIVADOS (UPADEP) por la parte gremial y la Empresa AMERICAN AIRLINES INC. (Sucursal Argentina) por la patronal, obrante a fojas 2/8 conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes acuerdan un incremento salarial al personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 271/75 y establecen una recategorización de los mecánicos que desempeñan tareas en el plantel de la empresa signataria.

Que por otra parte, las partes han ratificado a foja 53 el contenido y firmas del Acuerdo traído a estudio.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo, se hace saber a las partes que deberán acompañar las nuevas escalas salariales correspondientes a efectos que la Unidad Técnica de Investigaciones Laborales (U.T.I.L.), elabore el pertinente proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que se advierte que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren los principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo, comúnmente denominado "orden público laboral".

Que, analizados los puntos que integran el Acuerdo en consideración, es dable manifestar que el ámbito territorial y personal del mismo, se corresponde con la actividad principal de representación empresaria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Declárase homologado el Acuerdo Colectivo alcanzado entre la UNION PERSONAL AERONAVEGACION DE ENTES PRIVADOS (UPADEP) por la parte gremial y la Empresa AMERICAN AIRLINES INC. (Sucursal Argentina) por la patronal, obrante a fojas 2/8 del Expediente N° 1.147.972/05, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2°

— Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente acuerdo obrante a foja 2/8 del Expediente N° 1.147.972/06.

ARTICULO 3°

— Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4°

— Gírese al Departamento Control de Gestión de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo para la notificación a las partes signatarias. Cumplido, hágase saber a las partes que deberán acompañar las escalas salariales correspondientes a efectos que la Unidad Técnica de Investigaciones Laborales (U.T.I.L.), elabore el pertinente proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

ARTICULO 5°

— Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación del Acuerdo...

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