Resolución 26/2019

Fecha de publicación02 Mayo 2019
SecciónResoluciones
EmisorTRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN
undefinedCiudad de Buenos Aires, 30/04/2019

VISTO la Resolución N° 25 de fecha 29 de abril de 2019, complementaria de la Acordada Administrativa N° 1 de fecha 25 de marzo de 2019, ambas del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN, y

CONSIDERANDO

Que la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) manifestó a este Tribunal, mediante NO-2019-00092903-AFIP-SDGCTI de fecha 23 de abril de 2019, diversos inconvenientes técnicos que dificultarían temporalmente la digitalización de los antecedentes administrativos.

Que en virtud de ello, se dispuso mediante el Artículo 3° de la Resolución N° 25 de fecha 29 de abril de 2019 del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN, eximir a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) la obligación de presentar los antecedentes administrativos en formato digital, por el período de transición de noventa (90) días, contados desde la entrada en vigencia de la Acordada Administrativa N° 1/2019.

Que el Artículo 6° del Decreto N° 561/16, faculta a la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias para la implementación del sistema de GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE) y el funcionamiento de los sistemas informáticos de...

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