Resolución 369/1991

Fecha de disposición02 Mayo 1991
Fecha de publicación02 Mayo 1991
SecciónResoluciones
Número de Gaceta27127

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO

Resolución 369/91

Apruébanse las Normas para Uso, Manipuleo y Disposición Segura de Difenilos Policlorados y sus Desechos.

Bs. As., 24/4/91

VISTO el Decreto Nº 351/79, reglamentario de la Ley Nº 19.587/72, lo propuesto por la Dirección Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo y lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, y

CONSIDERANDO:

Que no existe norma alguna con referencia a la utilización, manipuleo y disposición segura de los Difenilos Policlorados y sus desechos.

Que estas sustancias revisten peligrosidad para la salud de los trabajadores expuestos por si alto grado de toxicidad.

Que ello motiva la imperiosa necesidad de tomar los recaudos de rigor a fin de minimizar los riesgos para los trabajadores que realicen tareas en las que empleen las mismas.

Que debido a su gran estabilidad química deben disponerse estas sustancias y sus desechos con el máximo de seguridad y cuidado, a fin de resguardar la salud de la comunidad y el medio ambiente.

Que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social por conducto de la Dirección Nacional de Higiene y Seguridad, ha elaborado juntamente con representantes de empresas de las ramas eléctrica y siderúrgica y representantes de sus trabajadores la normativa orientada a optimizar las medidas de seguridad reseñadas.

Que la competencia surge de lo dispuesto en el Decreto 1518/88, lo normado por el Artículo 5º, inciso b) de la Ley 19.587/72 y lo establecido por los Artículos 5º y 6º del Anexo I, Título I, Capítulo I del Decreto 351/79, reglamentario de la Ley 19.587/72.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1º

— Aprobar "Las Normas para Uso, Manipuleo y Disposición Segura de Difenilos Policlorados y sus Desechos", que integra la presente.

Art. 2º — Registrar, Publicar en el Boletín Oficial, Remitir copia autenticada al Departamento Publicaciones y Biblioteca y Archivar. — Rodolfo A. Díaz.0

NORMAS PARA USO, MANIPULEO Y DISPOSICION SEGURA DE DIFENILOS POLICLORADOS Y SUS DESECHOS

  1. — Alcance:

    Normatizar el uso, manipuleo y disposición, de los difenilos y trifenilos policlorados que se usan como refrigerantes y dieléctricos en transformadores, capacitadores, rectificadores, reactores y afines.

  2. — Documentación aplicable:

    Ley 19.587 ley de higiene y seguridad en el trabajo y su reglamentación aprobada por Dec.351/79.

    Resolución Nº 233 de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Obras y Servicios Públicos.

  3. — Objeto:

    Esta norma tiene por objeto establecer los procedimientos básicos y las medidas de protección personal y colectiva, para el uso y manipuleo de los D.P.C. y T.P.C. y sus contenedores (extracción de muestras, trasvase, ensayo de laboratorio, etc.) el transporte, el almacenamiento y la disposición de los desechos.

    Con lo anterior se pretende que las tareas mencionadas en cualquiera de sus pasos, se ejecuten con la mayor seguridad de manera de controlar los riesgos emergentes.

  4. — Introducción:

    Los hidrocarburos aromáticos clorados constituyen una amplia gama de compuestos químicos orgánicos, obtenidos a partir del agregado de átomos de Cl (entre 42 y 51%) a moléculas de difenilos de origen sintético. Entre ellos los "difenilos policlorados" (D.T.C.) y "trifenilos policlorados" (T.P.C.); también se los conoce por su denominación en idioma inglés "polichlorynated biphenyls" (PCBs) y "polichlorynated triphenyl" (PCTs), y son utilizados en las siguientes aplicaciones (enumeradas en orden a su mayor frecuencia): capacitores, componentes de resinas y gomas sintéticas, papel carbónico, en transformadores, rectificadores, fluido hidráulico, aceite de corte, líquido para transferencia de calor, pigmento para pinturas, selladores, adhesivos, tintas de imprenta, ceras. Cuando se lo emplea en equipos eléctricos se lo conoce bajo la denominación genérica de askarel (primera marca registrada), no obstante raramente las placas características de los equipos indican Askarel o D.P.C., siendo común indicar la marca registrada del fabricante, los más conocidos son los señalados en el Anexo III.

    Las características y propiedades físico-químicas de los difenilos en el alcance son: Un líquido viscoso, transparente, ligeramente amarillento, de olor característica comparable a los compuestos clorados (DDT, Gamexane, etc.),

    densidad a 15,5º C entre

    1,38 a 1,57 Kg/lt.

    presión de vapor a 40º C

    menor a 1,5 mm Hg.

    viscosidad Saybolt Universal a 40º C

    38 a 95 segundos

    máximo de agua a saturación

    150 ppm a 40º C

    punto de solidificación

    -45 a –10º C

    punto de inflamación

    alrededor de 200º C

    punto de combustión

    no tiene

    punto de ebullición

    alrededor de 340º C

    contenido de cloro

    30 a 60 %

    tensión discruptiva

    70 KV/cm a 15º C y 30 ppm agua Constante dieléctrica 3,7 a 5,5

    constante dieléctrica

    3,7 a 5,5

    rigidez dieléctrica

    200 KV/cm

    resistencia específica

    5xl0 12 ohm.cm.

    Otras propiedades son: Gran estabilidad, no corrosividad, a temperaturas elevadas desprende productos de descomposición, tales como: Acido clorhídrico, dióxido de carbono, monóxido de carbono, puede también desprender, bajo ciertas condiciones, pequeñas cantidades de policlorodibenzodioxinas (PCDD) y policlorodibenzofuranos (PCDF).

    Al ser absorbidos por vía respiratoria, dérmica o por ingestión, puede provocar trastornos irritativos, respiratorios, lesiones cutáneas (cloracné) y manifestaciones tóxicas generales (pelos y uñas, digestivas, neurológicas, etc.).

  5. — Definiciones:

    5.1.- A los fines de simplificar a los difenilos policlorados y trifenilos policlorados se los denominará en adelante D.P.C.

    5.2.- Son considerados como D.P.C. a los efectos de la presente norma las sustancias o materiales cuyo tenor de D.P.C. sea superior a 500 ppm.

    5.3.- Son considerados como contaminados con D.P.C. las sustancias o materiales cuyo tenor esté comprendido entre 500 y 50 ppm.

    5.4.- Son considerados como libres en D.P.C. las sustancias o materiales cuyo tenor sea inferior a 50 ppm.

    5.5.- Son considerados desechos:

    1. Los D.P.C. fuera de uso por derrame o alterados por arco eléctrico o mezclado (por ej. con aceite).

    2. Todo aquello que lo haya contenido y que esté fuera de uso (contenedores, transformadores, capacitores, reactores, etc.), y no haya sido garantizada su descontaminación.

    3. Los materiales utilizados para limpieza de herramientas y contención de derrames (trapos, aserrín, papel, algodón, etc.).

    4. Los líquidos utilizados en la limpieza de herramientas y derrames.

    5. Los utensilios impregnados y en desuso (ropa de trabajo, elementos de protección personal, herramientas o instrumental).

    5.6.- Manipulación: Cualquier actividad en la que los D.P.C. o los equipos que lo contengan puedan entrar en contacto con los operarios.

    5.7.- Transporte: Acto o efecto de trasladar los D.P.C. y sus desechos desde el lugar de almacenamiento hasta el de utilización, y desde el lugar donde se generan los desechos hasta el depósito.

    5.8.- Accidente: Evento o circunstancia que coloca a los D.P.C. y sus productos de descomposición en contacto indeseado con personas y/o el medio ambiente.

    5.9.- Contenedor: Cualquier recipiente utilizado para contener D.P.C. o sus desechos.

    5.10.- Depósito: Local destinado exclusivamente al almacenamiento de los D.P.C., los equipos que los contengan o sus desechos.

    5.11.- Utensilios: Todo elemento utilizado en las tareas descriptas en la presente Norma sea éste recuperable o no.

    5.12.- Muestra: Porción de D.P.C. extraída para verificar sus características fisicoquímicas.

  6. — Manipuleo:

    Cuando se manipulea D.P.C., como en el caso del mantenimiento, reparación o desmontaje de equipos eléctricos que lo contienen será condición indispensable evitar o reducir al mínimo posible su incorporación al medio ambiente tanto sea en estado de sólido, líquido o vapor, evitando a su vez su acción sobre el personal afectado a la tarea.

    Para cumplir con estas condiciones se deberá:

    6.1.- Conocer las características del producto para prever su comportamiento.

    6.2.- Establecer un método de trabajo que prevea todos los riesgos, capacitar y entrenar al personal afectado a los mismos.

    6.3.- Disponer en el lugar de trabajo de un botiquín de primeros auxilios y entrenar al personal sobre los procedimientos.

    6.4.- Adecuar las instalaciones y el lugar de trabajo a las tareas a desarrollar.

    6.5.- Señalizar el lugar de trabajo y restringir el acceso al mismo.

    6.6.- Emplear los elementos de seguridad, utensilios y materiales establecidos en el método de trabajo.

    6.7.- Introducir los desechos en contenedores herméticos previstos para tal fin en forma inmediata.

  7. — Procedimiento:

    Todo método de trabajo deberá contemplar las siguientes consideraciones:

    Los D.P.C. en estado líquido (solución) a pesar de poseer una baja tensión de vapor a temperatura ambiente, incrementan su evaporación con la elevación de la temperatura y el movimiento del aire. Al cabo de un tiempo de estar expuesto al aire deja un residuo muy viscoso que puede llegar a ser sólido, no obstante debe tratarse con los mismos cuidados pues su concentración de D.P.C. es aún mayor.

    Sus vapores son considerablemente más pesados que el aire, por lo tanto tendrán tendencia a descender, pudiendo resultar ineficaces algunos sistemas de ventilación.

    Los D.P.C. se mezclan con la mayoría de los...

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