Resolución 265/2010

Fecha de la disposición 3 de Marzo de 2011

Jueves 3 de marzo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.104 18 objeto la realización de las obras tendientes a la construcción de calles internas dentro del predio donde funciona el PARQUE TECNOLOGICO DEL LITORAL CENTRO SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA (PTLC S.A.P.E.M.), siendo éste un parque industrial público de acuerdo al ArtÃculo 2'º inciso a) del Anexo del Decreto N'º' 915 de fecha 28 de junio de 2010 de jurisdicción nacional.

Art. 3

'º — El monto consignado en el ArtÃculo 1'º de la presente medida deberá ser depositado a nombre de la MUNICIPALIDAD DE SANTA FE de la Provincia de SANTA FE, CUIT 30-99903338-1, en la Cuenta Bancaria N'º' 49110269/74 del BANCO DE LA NACION ARGENTINA, entidad autárquica actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, Sucursal 3330.

Art. 4

'º — La MUNICIPALIDAD DE SANTA FE de la Provincia de SANTA FE se compromete a dar estricto cumplimiento a lo estipulado por el ArtÃculo 7'º del Anexo del Decreto N'º' 915/10, y por el ArtÃculo 17 inciso d) del Anexo de la Resolución N'º' 40 de fecha 17 de agosto de 2010 del MINISTERIO DE INDUSTRIA, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el citado artÃculo y consecuentes de la mencionada norma.

Art. 5

'º — En caso de incumplimiento de las obligaciones impuestas al beneficiario conforme los términos de los ArtÃculos 16 párrafo segundo y 18 del Anexo al Decreto N'º' 915/10, se dispondrá, previa constitución en mora y fijación de un plazo razonable para su cumplimiento, la caducidad del beneficio otorgado con la consecuente obligación de restituir la suma percibida.

Art. 6

'º — Dispónese que los aportes de recursos adicionales, en concepto de contrapartida local, comprometidos por el MUNICIPIO DE SANTA FE de la Provincia de SANTA FE, quedarán sujetos a las verificaciones y controles por parte de la UNIDAD DE DESARROLLO INDUSTRIAL LOCAL (UDIL), al momento de realizar la rendición de cuentas.

Art. 7

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Débora Giorgi.

% 18 % % 18 % Ministerio de Industria ECONOMIAS REGIONALES Resolución 265/2010

Otórganse Aportes No Reintegrables a un Municipio de la Provincia de Santa Fe.

Bs. As., 29/12/2010

VISTO el Expediente N'º' S01:0380182/2010 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N'º' 915 de fecha 28 de junio de 2010 se creó el “Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario” con el objetivo de financiar obras de infraestructura intra y extra muros, facilitando la radicación y desarrollo de pequeñas y medianas empresas en Parques Industriales Públicos.

Que el ArtÃculo 3'º del citado decreto designó al ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO actual MINISTERIO DE INDUSTRIA como Autoridad de Aplicación del mencionado Programa.

Que por la Resolución N'º' 40 de fecha 17 de agosto de 2010 del MINISTERIO DE INDUSTRIA se reglamentó el citado Programa Nacional.

Que conforme lo dispuesto por el ArtÃculo 6'º del Anexo al Decreto N'º' 915/10, los Municipios y/o Provincias donde se encuentren radicados los Parques Industriales Públicos que cumplan con el procedimiento y requisitos impuestos por el Programa, podrán acceder a Aportes No Reintegrables (ANRs) otorgados por el ESTADO...

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