Resolución 5/2011

EmisorEnte Regulador de Agua y Saneamiento
Fecha de la disposición 3 de Marzo de 2011

Jueves 3 de marzo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.104 35 % 35 % ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS ADUANA DE CONCEPCION DEL URUGUAY Arts. 1101 y 1001 del Código Aduanero —Ley 22.415—.

Se cita a el/los interesado/s para que, dentro de los (10) diez dÃas hábiles, comparezca en el/los Sumarios que se detallan al pie para tomar vista, presentar su defensa y ofrecer pruebas, por la presunta infracción que en cada caso se indica al/los Arts. del Código Aduanero (Ley 22.415) y bajo apercibimiento de rebeldÃa. En el mismo plazo deberán constituir domicilio en el radio urbano de esta Aduana (Art. 1001 del C.A.) - Estrada N'º' 4 - 3260 Concepción del Uruguay, Entre RÃos— bajo apercibimiento del Art. 1004 del mismo texto legal. Monto MÃnimo de la multa (Arts. 930/932 C.A.) indicado seguidamente. Fdo.: DR.

HUGO MIGUEL GUGLIELMINO, Administrador de la Aduana Concepción del Uruguay.

S.C. N'º INTERESADO INFRACC. MULTA 020/2010 ARISPE ZAMBRANA INES Art. 987 $' 5.315,02

HUGO MIGUEL GUGLIELMINO, Administrador, División Aduana Concepción del Uruguay.

e. 03/03/2011 N'º' 23410/11 v. 03/03/2011 % 35 % ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS ADUANA DE CONCEPCION DEL URUGUAY Aduana Concepción del Uruguay, E. R., 23/2/2011

La Dirección General de Aduanas comunica mediante el presente por un (1) dÃa a quienes acrediten su derecho a disponer de la mercaderÃa cuya identificación abajo se detalla, que conforme lo estatuye el Art. 418 de la Ley 22.415 y su modificatoria Ley 25.603, podrán solicitar respecto de ella alguna destinación autorizada, dentro de los 30 (treinta) dÃas corridos contados desde la publicación del presente bajo apercibimiento de declararla abandonada a favor del Estado según los términos del Art. 417 siguientes y concordantes de la citada Ley, sin perjuicio del pago de las multas que pudieren corresponder de conformidad a lo establecido en los Arts. 218 y 222 del mismo texto legal.

A dichos efectos los interesados deberán presentarse en la Aduana de Concepción del Uruguay, sita en calle Estrada N'º' 4 de la ciudad de Concepción del Uruguay, Provincia de Entre RÃos, en el horario de 08:00 a 15:00 horas.

ACT. N'º MERCADERIA GUIA N'º 12468-374-2010

12468-374-2010/1

Reproductores de sonido p/auto marca SONY Consolas de Juegos marca “NINTENDO Wii” 0050-00090449

0050-00090470

HUGO MIGUEL GUGLIELMINO, Administrador, División Aduana de Concepción del Uruguay.

e. 03/03/2011 N'º' 23415/11 v. 03/03/2011 % 35 % ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DIRECCION REGIONAL ADUANERA SALTA DIVISION ADUANA JUJUY ADUANA DE JUJUY Se notifica en los términos del Art. 1013 inc. h) del C.A. a los imputados, de la Apertura y Corrida de Vista de los Sumarios Contenciosos en trámite por ante esta Aduana, sito en calle Senador Pérez N'º' 531 2do. Piso, S. S. de Jujuy, para que en el plazo de diez (10) dÃas hábiles de notificados, más los que le correspondan en razón de la distancia (Art. 1036 del C.A.), comparezcan a los efectos de evacuar defensa y ofrecer pruebas bajo apercibimiento de rebeldÃa (Arts. 1001 al 1005 C.A.). Dentro del mismo plazo el supuesto responsable podrá impugnar las actuaciones sumariales cumplidas, con fundamentos en los defectos de forma de que adolecieren, no pudiendo hacerlo en lo sucesivo conforme el art. 1104 del C.A. De igual manera se les hace saber que en la primera presentación deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de esta ciudad, conforme lo prescripto por los arts. 1001 al 1003 del C.A., bajo apercibimiento de proceder conforme lo establecido en los Arts. 1006 al 1010 del C.A. El que concurriere en su representación deberá acreditar personerÃa jurÃdica conforme lo establecido por el Art. 10130 y ss. del Código Aduanero. En caso de que se planteen o debatan cuestiones jurÃdicas será obligatorio el patrocinio letrado conforme art. 1034 del C.A. Por último se les hace saber que si en ese plazo depositan el mÃnimo de la multa se extinguirá la acción penal y no se registrarán antecedentes, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 930 de la Ley 22.415.

Ad. Trib. ANGEL EDUARDO DIAZ, Administrador.

e. 03/03/2011 N'º' 23417/11 v. 03/03/2011 % 35 % ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE ROSARIO Art. 1037 de la Ley 22.415 (Código Aduanero).

Se cita a los interesados para que, dentro de diez (10) dÃas hábiles, con más el plazo de gracia que prevé el Art. 1036 del Código Aduanero, comparezcan en los sumarios que se detallan al pie para tomar vista, presentar su defensa y ofrecer pruebas de que intente valerse, por la presunta infracción que en cada caso se indica al/ los Arts. del Código Aduanero (ley 22.415) y bajo apercibimiento de rebeldÃa. En el mismo plazo deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de esta Aduana (calle 3 de Febrero 1331 (Rosario, Santa Fe)) Art. 1001 C.A. bajo apercibimiento del Art. 1004 de la misma norma. Monto MÃnimo de la multa, indicado seguidamente a los fines de los arts. 930 a 932 del Código Aduanero. — GUSTAVO CURATOLO, Administrador, División Aduana de ROSARIO (Santa Fe).

SA52 INTERESADO INF.

ART.

MULTA MIN. TRIBUTOS COMISO 165/09

ALEXANDRE ALVES DO BOMFIM PAS.

CY N'º' 361513 (BRASIL) 977 $' 51.257,90.170/09

ALEXANDRE PEREIRA PAS. CV N'º' 722382 (BRASIL) 977 $' 13.044,23.005/09

DIOP SALION CERT. DE PRECARIA (DIR. NAC. DE MIGRACIONES) N'º' 542915/2008

986 $' 982,38.- X 006/09

DIOP SALION CERT. DE PRECARIA (DIR. NAC. DE MIGRACIONES) N'º' 542915/2008

986 $' 3.015,93.- X 093/08

IBSA ARGENTINA S.A.

C.U.I.T. N'º' 30-70845343-5

986 $' 1.981,22.- X Ing. Agr. GUSTAVO CURATOLO, Administrador (I), Aduana de Rosario, Disposición N'º' 266/08 (AFIP).

e. 03/03/2011 N'º' 23432/11 v. 03/03/2011 % 35 % ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO Resolución N'° 5/2011

El Directorio del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO ha dictado en el expediente N'º' 172-07 la Resolución ERAS N'º' 5 de fecha 24/2/11, mediante la cual se aprueba la contratación directa con el INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA (INA) para la prestación del servicio de toma y registro de agua potable en todo el ámbito de la concesión, transcribiendo a continuación los artÃculos:

âARTICULO 1'º.- Apruébase, en el marco de lo establecido por el artÃculo 9'º, numeral 9.4.5 del Reglamento de Contrataciones del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) aprobado como Anexo I de la Resolución ERAS N'º'...

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