Resolución 90/2011

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición 1 de Marzo de 2011

Martes 1 de marzo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.102 17 – Producción tecnológica – Producción tecnológica con tÃtulos de propiedad intelectual – Producción tecnológica sin tÃtulos de propiedad intelectual V. Otros antecedentes – Premios y/o distinciones honorÃficas – Participación en eventos cientÃfico-tecnológicos – Contribuciones más importantes realizadas para el desarrollo de las Instituciones de Ciencia y TecnologÃa del paÃs.

% 17 % % 17 % MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Resolución 90/2011

Facúltase a la SecretarÃa de Trabajo y a la SubsecretarÃa de Fiscalización del Trabajo y de la Seguridad Social a autorizar con carácter excepcional, el pago en cuotas de las multas impuestas como consecuencia de infracciones laborales en el marco del procedimiento regido por la Resolución N'º' 655/05.

Bs. As., 15/2/2011

VISTO el Expediente N'º' 1.413.615/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, las Leyes Nros. 25.877 y 11.683, la Resolución General de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS N'º' 2766/10 “Resolución General N'º' 1566, texto sustituido en 2010” y las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N'º' 655/05 y sus modificatorias y N'º' 302/06, y CONSIDERANDO:

Que el artÃculo 36 de la Ley N'º' 25.877 faculta al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL a verificar y fiscalizar en todo el territorio nacional, el cumplimiento por parte de los empleadores de la obligación de declarar e ingresar los aportes y contribuciones sobre la nómina salarial, que integran el Sistema Unico de la Seguridad Social (S.U.S.S.), sin perjuicio de las facultades concurrentes de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, organismo autárquico en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que, asimismo, el artÃculo 37 de la norma precitada establece que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, cuando verifique infracciones de los empleadores a las obligaciones de la Seguridad Social, aplicará las penalidades correspondientes, utilizando la tipificación, procedimiento y régimen sancionatorio que, a tal efecto, aplica la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS.

Que la Resolución General de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS N'º' 2766/10 âResolución General N'º' 1566, texto sustituido en 2010â regula la aplicación de las sanciones por las infracciones relativas a los recursos...

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