Resolución 361/2011

EmisorInstituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales
Fecha de la disposición22 de Febrero de 2011

Martes 22 de febrero de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.097 35

SEGUNDA: El CONTRATADO prestará sus servicios con la dedicación horaria dispuesta para el personal de la Sindicatura General de la Nación, de acuerdo con las necesidades del servicio, las condiciones generales y las actividades que se enumeran, junto con los compromisos, estándares y cronograma previstos para la obtención de resultados, que también suscriben las partes contratantes como Anexo A integrante del presente contrato.

TERCERA: Las actividades a realizar por el CONTRATADO podrán sufrir modificaciones para ser adecuadas al desarrollo del trabajo en función del mejor logro del cometido del contrato, ajustándose de ser necesario el citado Anexo A.

CUARTA: El CONTRATADO se obliga a realizar la prestación del servicio encuadrando su conducta contractual dentro de los términos de referencia del citado Anexo A y de las disposiciones legales que rigen esta contratación, a las que declara conocer y aceptar en todos sus términos, poniendo en su ejecución la máxima diligencia y eficiencia y de conformidad con las prácticas ajustadas al buen ejercicio laboral, administrativo, técnico y/o profesional.

QUINTA: El CONTRATADO deberá velar en todo momento, por proteger los intereses de la CONTRATANTE y por no actuar en forma contraria a dichos intereses, adoptando todas las medidas que fueren razonables para la concreción de los servicios y resultados comprometidos. Asimismo, el CONTRATADO será responsable de la custodia, buen uso y conservación de los recursos financieros, materiales, cientÃficos y/o tecnológicos que se pongan a su disposición, asà como de la debida coordinación con el personal que colabore en el cometido del presente contrato.

  1. - DIRECCION DEL CONTRATO SEXTA: El CONTRATADO prestará servicios en ………………… pudiendo ser reasignado a otra unidad organizativa mediante notificación fehaciente, debiendo responder a las instrucciones de la Autoridad de reporte de la que dependa.

    SEPTIMA: El CONTRATADO estará sujeto a los métodos, horarios y normas de trabajo que le imparta dicha Autoridad o su representante.

    del mes de ……………….

    NOVENA: Se deja establecido expresamente que este contrato no importa una expectativa o derecho a prórroga en beneficio del CONTRATADO, pudiendo ser prorrogado o renovado únicamente por acuerdo entre las partes mediante la suscripción de otro contrato. La continuación en la prestación de servicios, una vez operado el vencimiento del presente contrato, no importará en modo alguno la tácita reconducción del mismo, aun cuando las tareas fijadas en los términos de referencia excedan el plazo total fijado en la cláusula anterior. El CONTRATADO bajo ninguna circunstancia, tendrá derecho al pago de servicios que declare haber cumplido o hubiera cumplido una vez concluida la vigencia estipulada en el presente contrato.

  2. - RETRIBUCION DECIMA: El CONTRATADO percibirá como retribución por sus servicios, una remuneración mensual equivalente a la asignada al Nivel/Grado (LETRA/NUMERO) del Escalafón del Personal de la Sindicatura General de la Nación, la que estará sujeta a las correspondientes deducciones impositivas, previsionales y de seguridad social establecidas por la legislación vigente.

  3. - DERECHOS, DEBERES Y PROHIBICIONES DECIMA PRIMERA: El personal contratado de acuerdo a su condición de revista tendrá los deberes, derechos y prohibiciones establecidos en la Ley N'º' 25.164, en el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública y en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial vigente, sin perjuicio de los que dispongan las leyes, decretos y resoluciones especiales, resultando de aplicación, asimismo, el régimen de incompatibilidades aprobado por Decreto N'º' 8566/61.

  4. - INTRANSFERIBILIDAD DECIMA SEGUNDA: A todos los efectos se entiende y asà se acuerda que el presente contrato es intuitu personae, por lo que queda expresamente prohibida la cesión total o parcial del mismo.

  5. - RESCISION DECIMA TERCERA: Cada una de las partes podrá rescindir en cualquier momento el presente contrato notificando por escrito a la otra parte con...

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