Resolución 2517/2023

Fecha de publicación06 Octubre 2023
EmisorDIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 04/10/2023

VISTO el Expediente EX-2023-96886913- -APN-DNV#MOP del Registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado bajo la órbita del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, el Decreto N° 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003 y la Ley N° 27.445; y

CONSIDERANDO:

Que la GERENCIA EJECUTIVA DE PLANEAMIENTO Y CONCESIONES puso en conocimiento del ADMINISTRADOR GENERAL de esta DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD las Notas presentadas por las empresas concesionarias – Autopistas del Sol SA, Grupo Concesionario del Oeste SA, Corredores Viales SA y Caminos del Río Uruguay – manifestaron en líneas generales la necesidad de adecuación de los cuadros tarifarios

Que en función de lo establecido por el Decreto-Ley Nº 505/58 y la Ley Nº 27.445, en su carácter de Autoridad de Aplicación de los Contratos de Concesión vigentes, mediante Nota NO-2023-110329547-APN-DNV#MOP esta ADMINISTRACIÓN GENERAL consideró lo argumentado por CORREDORES VIALES S.A. en cuanto a que los anteriores aumentos de tarifa fueron significativamente inferior al resultado de aplicar el Coeficiente de Variación Tarifaria previsto en el Contrato de Concesión, conforme lo establecido en las Notas NO-2023- 00125300-CVSA-CVSA (IF-2023-91093764-APN-PYC#DNV) y NO-2023-00127381-CVSA-GOP#CVSA (IF 2023-93093287- APN-PYC#DNV); por lo cual se propuso una readecuación tarifaria de un 50% para las Estaciones de Peaje en los Tramos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII y X. En tanto que para las Estaciones de Peaje del Tramo IX, se propuso un incremento promedio del 55%, a fin de redondear las tarifas a múltiplo de $100. En tal sentido esta Administración General, prestó conformidad a la prosecución de la petición citada, por lo cual se remitió las actuaciones a la GERENCIA EJECUTVIA DE PLANEAMIENTO Y CONCESIONES para su ejecución.

Que, a la vez, esta ADMINISTRACIÓN GENERAL remitió a la GERENCIA EJECUTIVA DE PLANEAMIENTO Y CONCESIONES prestó conformidad a la prosecución del trámite de readecuación tarifaria de los Accesos Norte y Oeste a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de los Corredores Viales Nacionales Tramos I a X y N° 18, de acuerdo a las siguientes pautas: 1) Incrementar un CINCUENTA POR CIENTO (50%) las tarifas al público vigentes, en promedio, para todos los accesos y corredores. 2) Las mismas deberán redondearse a múltiplos de PESOS CINCUENTA ($50,00.-). 3)Como consecuencia de dicho redondeo, el porcentaje de incremento indicado no podrá ser superado en más de un OCHO POR CIENTO (8%), en promedio, en cada uno de los accesos y corredores, como así también resultar iguales o inferiores a la variación tarifaria prevista en cada uno de los contratos de concesión. 4) Los valores de las tarifas básicas de todas las estaciones de peajes deberán mantener cierta proporcionalidad entre los importes de estas y el resto de las categorías, entendiendo las situaciones que producen las pautas de porcentaje de incremento que se establece y el redondeo planteado de la tarifa al público. 5) Los importes de la percepción del “Recurso de afectación a obras” que forman parte integrante de la tarifa aplicada a todas las categorías de usuarios del Corredor Vial Nacional N° 18, aprobados por RESOL-2023-1021- APN-DNV#MOP, deberán mantenerse sin modificaciones.

Que siendo así, la GERENCIA EJECUTIVA DE PLANEAMIENTO Y CONCESIONES de esta DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, a través de sus áreas competentes, elaboró los nuevos Cuadros Tarifarios en función de las nuevas pautas establecidas y efectuó un informe en relación a los porcentajes de incremento propuestos en los nuevos cuadros tarifarios y las variaciones de los índices más relevantes tales como el índice de Precios al Consumidor (IPC), Índice de Costo de la...

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