Resolución 25/2015
Fecha de disposición | 13 Julio 2015 |
Fecha de publicación | 13 Julio 2015 |
Sección | Avisos Oficiales |
Número de Gaceta | 33169 |
COMISIÓN ADMINISTRADORA DEL RÍO DE LA PLATA
Resolución 25/2015VISTO:
La propuesta de la Subcomisión de Canales de Navegación en el punto 21 de su Informe N° 391/15, aprobada en la Sesión Ordinaria del 16 y 17 de junio de 2015, Acta N° 539 de la CARP, y
CONSIDERANDO:
Que el 27 de febrero de 2015, mediante Resolución CARP N° 7/15, se convocó al “Concurso Público Internacional de Precios CARP N° 1/15 para la contratación de la obra de dragado de recuperación de los Canales del Río de la Plata entre el km. 37 (Barra del Farallón) y el Km. 0 del Río Uruguay”.
Que el 13 de mayo de 2015, se efectuó la recepción de las Ofertas, procediéndose en la misma fecha al Acto de Apertura de Ofertas Técnicas, correspondientes a las empresas JAN DE NUL NV, Oferta N° 1, SERVIMAGNUS S.A. y SDC DO BRASIL SERVICIOS MARITIMOS LTDA. SUCURSAL ARGENTINA —UTE (A CONFORMAR)— Oferta N° 2, y CONSORCIO BOSKALIS (BOSKALIS INTERNATIONAL URUGUAY S.A. y BOSKALIS INTERNATIONAL BV) Oferta N° 3 y habiendo también presentado las citadas empresas sus respectivas Ofertas Económicas.
Que por Resolución CARP N° 15/15 del 28 de mayo de 2015, se resolvió declarar admisibles y suficientes las Ofertas Técnicas N° 1 y N° 2 presentadas por JAN DE NUL NV, y SERVIMAGNUS S.A. y SDC DO BRASIL SERVICIOS MARITIMOS LTDA. SUCURSAL ARGENTINA —UTE (A CONFORMAR)— respectivamente, conforme los requisitos del Pliego de Bases y Condiciones.
Que el 2 de junio de 2015, se efectuó el Acto de Apertura de las Ofertas Económicas de los Oferentes, JAN DE NUL NV por USD 13.945.821,- (DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRECE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS VEINTIUNO), y SERVIMAGNUS S.A. y SDC DO BRASIL SERVICIOS MARITIMOS LTDA. SUCURSAL ARGENTINA —UTE (A CONFORMAR), por USD 12.469.849,97 (DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOCE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 97/100).
Que el Artículo 19 del Pliego de Condiciones Generales del Concurso mencionado, establece que el contenido del Sobre N° 2 será analizado por la CARP, de acuerdo a lo indicado en el PCP, y que de esta Evaluación surgirá el Adjudicatario.
Que el Artículo 21 del PCG, prevé que terminada la evaluación de las Ofertas Económicas (Sobre N° 2) la CARP, procederá a la adjudicación y a la notificación de la misma, según lo establecido en el Artículo 23 del PCG y en el Artículo 7 del PCP.
Que la Comisión Evaluadora...
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