Resolución 17/2011
Emisor | ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD |
Fecha de la disposición | 14 de Febrero de 2011 |
Lunes 14 de febrero de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.091 32
C2 del Informe Técnico de fojas 198/210 con una multa en pesos equivalente a QUINIENTOS (500) kWh, por encuadrarse en la Tarifa 1 Residencial. El monto de la penalidad deberá ser determinado de conformidad con la instrucción impartida mediante Nota ENRE N'º' 20.046. 2.- Sancionar a âEMPRESA DISTRIBUIDORA LA PLATA SOCIEDAD ANONIMAâ, por apartamiento del plazo para la notificación de la respuesta de los Reclamos formulados por los usuarios, previsto en el ArtÃculo 4 inciso j) apartado I del Reglamento de Suministro, verificado en los TREINTA Y TRES (33) casos a los que se refiere el Ãtem II del cuadro del punto C2 del Informe Técnico de fojas 198/210 con una multa en pesos equivalente a VEINTICINCO (25) kWh, CUARENTA (40) kWh, CIEN (100) kWh o QUINIENTOS (500) kWh por cada módulo de atraso, de acuerdo con la cantidad indicada en el campo âMódulosâ, según se encuadren los usuarios en la Tarifa 1 Residencial, Tarifa 1 General, Tarifa 2 o Tarifa 3, respectivamente. El monto de la penalidad deberá ser calculado de conformidad con la instrucción impartida mediante Nota ENRE N'º' 20.046. 3.- Sancionar a âEMPRESA DISTRIBUIDORA LA PLATA SOCIEDAD ANONIMAâ, por apartamiento al deber de fundar debidamente la decisión de los Reclamos, previsto en el ArtÃculo 4 inciso j) apartado I) del Reglamento de Suministro, verificado en los VEINTIUN (21) casos a los que se refiere el Ãtem III del cuadro del punto C2 del Informe Técnico de fojas 198/210; con una multa en pesos equivalente a MIL (1.000) kWh o MIL QUINIENTOS MIL (1.500) kWh, según los usuarios se encuadren en la Tarifa 1 Residencial o Tarifa I General, respectivamente. El monto de la penalidad deberá ser determinado de conformidad con la instrucción impartida mediante Nota ENRE N'º' 20.046. 4.- Sancionar a âEMPRESA DISTRIBUIDORA LA PLATA SOCIEDAD ANONIMAââ, por apartamiento de lo previsto en el ArtÃculo 6 inciso a) del Reglamento de Suministro, en tanto que no acreditó la entrega al usuario del aviso previo a la suspensión del suministro, verificado en los NUEVE (9) casos a los que se refiere el Ãtem IV del cuadro del punto C2 del Informe Técnico de fojas 198/210 con una multa en pesos equivalente a MIL (1.000) kWh o MIL QUINIENTOS (1.500) kWh, según los usuarios se encuadren en la Tarifa 1 Residencial o Tarifa I General, respectivamente. El monto de la penalidad deberá ser determinado de conformidad con la instrucción impartida mediante Nota ENRE N'º' 20.046. 5.- Sancionar a âEMPRESA DISTRIBUIDORA LA PLATA SOCIEDAD ANONIMAâ, por apartamiento a la obligación de entregar las facturas a los usuarios, prevista en el ArtÃculo 29 de la Ley N'º' 24.240, verificado en los DOSCIENTOS VEINTIDOS (222) casos a los que se refiere el Ãtem V del cuadro del punto C2 del Informe Técnico de fojas 198/210; con una multa en pesos equivalente a MIL (1.000) kWh, MIL QUINIENTOS (1.500) kWh,
CUATRO MIL (4.000) kWh o VEINTE MIL (20.000) kWh, según los usuarios se encuentren en la Tarifa 1 Residencial, Tarifa 1 General, Tarifa 2 o Tarifa 3, respectivamente. El monto de la penalidad deberá ser calculado de conformidad con la instrucción impartida mediante Nota ENRE N'º' 20.046. 6.Sancionar a âEMPRESA DISTRIBUIDORA LA PLATA SOCIEDAD ANONIMAâ, por apartamiento a la prohibición de suspender el suministro de los usuarios con Reclamos pendientes de Resolución, previsto en el ArtÃculo 4 inciso j) apartado III del Reglamento de Suministro, verificado en los TRES (3) casos a los que se refiere el Ãtem VI del cuadro del punto C.2 del Informe Técnico de fojas 198/210 con una...
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