Resolución 17/2011

EmisorENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Fecha de la disposición14 de Febrero de 2011

Lunes 14 de febrero de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.091 32

C2 del Informe Técnico de fojas 198/210 con una multa en pesos equivalente a QUINIENTOS (500) kWh, por encuadrarse en la Tarifa 1 Residencial. El monto de la penalidad deberá ser determinado de conformidad con la instrucción impartida mediante Nota ENRE N'º' 20.046. 2.- Sancionar a “EMPRESA DISTRIBUIDORA LA PLATA SOCIEDAD ANONIMA”, por apartamiento del plazo para la notificación de la respuesta de los Reclamos formulados por los usuarios, previsto en el ArtÃculo 4 inciso j) apartado I del Reglamento de Suministro, verificado en los TREINTA Y TRES (33) casos a los que se refiere el Ãtem II del cuadro del punto C2 del Informe Técnico de fojas 198/210 con una multa en pesos equivalente a VEINTICINCO (25) kWh, CUARENTA (40) kWh, CIEN (100) kWh o QUINIENTOS (500) kWh por cada módulo de atraso, de acuerdo con la cantidad indicada en el campo “Módulos”, según se encuadren los usuarios en la Tarifa 1 Residencial, Tarifa 1 General, Tarifa 2 o Tarifa 3, respectivamente. El monto de la penalidad deberá ser calculado de conformidad con la instrucción impartida mediante Nota ENRE N'º' 20.046. 3.- Sancionar a “EMPRESA DISTRIBUIDORA LA PLATA SOCIEDAD ANONIMA”, por apartamiento al deber de fundar debidamente la decisión de los Reclamos, previsto en el ArtÃculo 4 inciso j) apartado I) del Reglamento de Suministro, verificado en los VEINTIUN (21) casos a los que se refiere el Ãtem III del cuadro del punto C2 del Informe Técnico de fojas 198/210; con una multa en pesos equivalente a MIL (1.000) kWh o MIL QUINIENTOS MIL (1.500) kWh, según los usuarios se encuadren en la Tarifa 1 Residencial o Tarifa I General, respectivamente. El monto de la penalidad deberá ser determinado de conformidad con la instrucción impartida mediante Nota ENRE N'º' 20.046. 4.- Sancionar a “EMPRESA DISTRIBUIDORA LA PLATA SOCIEDAD ANONIMA’’, por apartamiento de lo previsto en el ArtÃculo 6 inciso a) del Reglamento de Suministro, en tanto que no acreditó la entrega al usuario del aviso previo a la suspensión del suministro, verificado en los NUEVE (9) casos a los que se refiere el Ãtem IV del cuadro del punto C2 del Informe Técnico de fojas 198/210 con una multa en pesos equivalente a MIL (1.000) kWh o MIL QUINIENTOS (1.500) kWh, según los usuarios se encuadren en la Tarifa 1 Residencial o Tarifa I General, respectivamente. El monto de la penalidad deberá ser determinado de conformidad con la instrucción impartida mediante Nota ENRE N'º' 20.046. 5.- Sancionar a “EMPRESA DISTRIBUIDORA LA PLATA SOCIEDAD ANONIMA”, por apartamiento a la obligación de entregar las facturas a los usuarios, prevista en el ArtÃculo 29 de la Ley N'º' 24.240, verificado en los DOSCIENTOS VEINTIDOS (222) casos a los que se refiere el Ãtem V del cuadro del punto C2 del Informe Técnico de fojas 198/210; con una multa en pesos equivalente a MIL (1.000) kWh, MIL QUINIENTOS (1.500) kWh,

CUATRO MIL (4.000) kWh o VEINTE MIL (20.000) kWh, según los usuarios se encuentren en la Tarifa 1 Residencial, Tarifa 1 General, Tarifa 2 o Tarifa 3, respectivamente. El monto de la penalidad deberá ser calculado de conformidad con la instrucción impartida mediante Nota ENRE N'º' 20.046. 6.Sancionar a âEMPRESA DISTRIBUIDORA LA PLATA SOCIEDAD ANONIMAâ, por apartamiento a la prohibición de suspender el suministro de los usuarios con Reclamos pendientes de Resolución, previsto en el ArtÃculo 4 inciso j) apartado III del Reglamento de Suministro, verificado en los TRES (3) casos a los que se refiere el Ãtem VI del cuadro del punto C.2 del Informe Técnico de fojas 198/210 con una...

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