Resolución 76/2011

EmisorCitaciones y Notificaciones, Concursos y Quiebras, Otros
Fecha de la disposición11 de Febrero de 2011

INFOLEG Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca

FORESTACION

Resolución 76/2011

Apruébanse, a los fines de la aplicación de la Ley Nº 25.080 de Inversiones para Bosques Cultivados, los costos de implantación y tratamientos silviculturales.

Bs. As., 7/2/2011

VISTO el Expediente Nº S01:0002692/2007 del Registro del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley Nº 25.080 de Inversiones para Bosques Cultivados, el Decreto Nº 133 de fecha 18 de febrero de 1999, la Resolución Nº 75 de fecha 6 de febrero de 2007 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, sustituida por la Resolución Nº 587 de fecha 18 de julio de 2007 de la citada ex Secretaría, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo dispuesto por la Ley Nº 25.080 de Inversiones para Bosques Cultivados, por el Decreto Nº 133 de fecha 18 de febrero de 1999 y sus resoluciones complementarias, se implementó el Régimen de Promoción de Inversiones para Bosques Cultivados.

Que la citada Ley Nº 25.080 en su Título V incorpora un Apoyo Económico no Reintegrable a los Bosques Implantados.

Que la mencionada Ley Nº 25.080 en sus Artículos 17 y 18 establece que dicho apoyo económico no reintegrable consistirá en un monto por hectárea variable por zona, especie y actividad forestal, según lo determine la Autoridad de Aplicación y conforme a escalas de porcentajes en función de los costos de dichas actividades. Que la Ley Nº 26.432 de Prórroga y Reforma de la ley Nº 25.080 prorroga los plazos previstos en los Artículos 17, párrafo segundo y 25 de la ley Nº 25.080 de Inversiones para Bosques Cultivados, por el término de DIEZ (10) años contados a partir de su vencimiento.

Que el Artículo 23 de la Ley Nº 25.080 establece que la Autoridad de aplicación será la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que en consecuencia, es la actual SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la que debe determinar los costos de las distintas actividades silvicuiturales, a los fines de la aplicación y pago del apoyo económico no reintegrable.

Que por la Resolución Nº 75 de fecha 6 de febrero de 2007 de la citada ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, modificada por la Resolución Nº 587 de fecha 18 de julio de 2007 de la citada ex...

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