Resolución 240/2019

Fecha de publicación05 Septiembre 2019
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO - SECRETARÍA DE TRABAJO
Ciudad de Buenos Aires, 08/02/2019

VISTO el Expediente Nº 280.381/17 del registro del MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 13/20 y 165/166 del Expediente Nº 280.381/17, obran los acuerdos celebrados entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE ALFAJOREROS, REPOSTEROS, PIZZEROS, Y HELADEROS por el sector sindical, y las empresas HAVANNA SOCIEDAD ANONIMA, POSTRES BALCARCE SOCIEDAD ANONIMA, ESTABLECIMIENTOS LAGRIFA SOCIEDAD ANONIMA, ALFAJORES AMALFI SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han convenido la modificación de los salarios, cuya vigencia opera a partir del día 1 de Mayo de 2017, texto al cual se remite.

Que los presentes acuerdos se enmarcan en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 198/92 “Rama Alfajoreros”.

Que el ámbito de aplicación de los presentes acuerdos se corresponde con las actividades principales de las partes empleadoras signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes acreditaron la representación que invocan ante esta Cartera de Estado y ratifican en todos sus términos los mentados acuerdos.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº DECTO-2019-35-APN-PTE.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE ALFAJOREROS, REPOSTEROS, PIZZEROS, Y HELADEROS por el sector sindical, y las empresas HAVANNA SOCIEDAD ANONIMA, POSTRES BALCARCE SOCIEDAD ANONIMA, ESTABLECIMIENTOS LAGRIFA SOCIEDAD ANONIMA, ALFAJORES...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR