Resolución 6223/2010

Fecha de la disposición 4 de Enero de 2011

Martes 4 de enero de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.062 10

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO RESUELVE:

ArtÃculo 1'º — Apruébase la compensación solicitada por la firma NUTRISUR S.R.L., Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) N'º' 33-64540577-9, Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) N'º' 014099980120000583576-1, de la localidad de SAN VICENTE/BRANDSEN, Provincia de BUENOS AIRES, la que asciende a la suma total de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS DIECINUEVE CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS ($' 369.319,64), por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.

Art. 2

'º — AutorÃzase el pago de la compensación consignada al beneficiario mencionado en el Anexo que forma parte de la presente, el que asciende a la suma total de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS DIECINUEVE CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS ($' 369.319,64).

Art. 3

'º — El gasto que demande la implementación de lo establecido por el ArtÃculo 2'º de la presente medida, será atendido mediante la cuenta habilitada a tal efecto, con cargo al Crédito Vigente de la Entidad 611 - ONCCA, Programa 16 Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional.

Art. 4

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Juan M. Campillo.

ANEXO S01-0266249/2010

PAGO COMPENSACION A FAENADORES AVICOLAS N'º EXPEDIENTE RAZON SOCIAL C.U.I.T. C.B.U.

PERIODO 2010

LOCALIDAD PROVINCIA mayo 1 63082375925 NUTRISUR SRL 33-64540577-9 014099980120000583576-1 369.319,64 SAN VICENTE/BRANDSEN BUENOS AIRES TOTAL 369.319,64 ' ' % 10 % MIL DOSCIENTOS VEINTISIETE CON SIETE CENTAVOS ($ 1.120.227,07), por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.

Art. 2

'º — AutorÃzase el pago de la compensación consignada al beneficiario mencionado en el ArtÃculo 1'º, el que asciende a la suma total de PESOS UN MILLON CIENTO VEINTE MIL DOSCIENTOS VEINTISIETE CON SIETE CENTAVOS ($' 1.120.227,07).

Art. 3

'º — El gasto que demande la implementación de lo establecido por el ArtÃculo 2'º de la presente medida, será atendido mediante la cuenta habilitada a tal efecto, con cargo al Crédito Vigente de la Entidad 611 - ONCCA, Programa 16.

Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional.

Art. 4

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Juan M. Campillo.

% 10 % % 10 % Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario PRODUCCION AVICOLA Resolución 6197/2010

AutorÃzase el pago de compensaciones.

Bs. As., 27/12/2010

VISTO el Expediente N'º' S01:0437943/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N'º'...

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