Resolución 230/2015

Fecha de disposición30 Abril 2015
Fecha de publicación14 Mayo 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33129



AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

DEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

Resolución 230/2015Bs. As., 30/4/2015

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario N° 1.390/98, la Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y sus reglamentaciones, el Régimen de Sanciones para Centrales Nucleares, aprobado por Resolución del Directorio N° 63/99, el Procedimiento para la Aplicación de Sanciones aprobado por la Resolución N° 75/99, las Normas AR 10.1.1 —Norma Básica de Seguridad Radiológica. Revisión 3—; AR 10.13.1 —Norma de protección física de materiales e instalaciones nucleares. Revisión 1—, la Licencia de Operación de la Central Nuclear Embalse emitida el 29 de octubre de 2010, el Expediente de Sanciones N° 1/13 del registro de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR, y

CONSIDERANDO:

Que en las citadas actuaciones se dio inicio a la investigación de los hechos y circunstancias acontecidas el día 11 de marzo de 2013 a través del Expediente de Sanciones N° 1/13, en el que se analizó la posible comisión de infracciones por parte de NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA S.A. (NA-SA), entidad responsable de la Central Nuclear Embalse, instalación que se encuentra clasificada como Clase I de acuerdo a lo dispuesto en el punto 47 de la norma A.R. 10.1.1 “Norma de Seguridad Radiológica. Revisión 3”, de donde deviene aplicable el Régimen de Sanciones para Centrales Nucleares aprobado por Resolución del Directorio N° 63/99.

Que el día 11 de marzo de 2013 un grupo de 38 personas, con uniformes naranjas e identificados como miembros del grupo Greenpeace, ingresó sin autorización a la Central Nuclear Embalse, sita en Camino de la Cruz s/n° Embalse, Provincia de Córdoba, siendo dicho ingreso posible dado que el portón de acceso se encontraba abierto porque se estaban realizando tareas de pintura en el edificio de relaciones públicas.

Que con fecha 21 de marzo de 2013 se realizó una inspección regulatoria que se plasmó en el Acta ARN N° 2013-IN-021 constatándose lo siguiente: a) vulnerabilidades en el control de acceso, específicamente en el ingreso y egreso de personas y vehículos por la portería principal y puesto de portón 1; b) falta de designación de un responsable por la protección física de la Central Nuclear Embalse; c) Modificaciones en el diseño de protección física de la CNE no informadas a esta ARN.

Que los hechos descriptos ameritaron iniciar la etapa de investigación en concordancia con lo...

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