Resolución 23. Acta Extraordinaria N° 1246

Fecha de disposición30 Mayo 2016
Fecha de publicación30 Mayo 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 23/2016

Acta Extraordinaria N° 1246

27/04/2016

VISTO el Expediente CUDAP: EXP-INT: 0001841/2016 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL el Decreto-Ley N° 17.138/1957 de fecha 27 de diciembre de 1957, ratificado por Ley N° 14.467, el Reglamento Administrativo para los Centros de Investigación, aprobado por la Resolución del Consejo Directivo N° 93/61, modificada por la Resolución del Consejo Directivo N° 47/2012 y la Resolución del Consejo Directivo N° 58/12 modificada por la Resolución del Consejo Directivo 71/13, y

CONSIDERANDO

Que la Resolución N° 47/12 sustituyó el artículo 26 del Reglamento Administrativo para los Centros de Investigación (RACI), estableciendo el monto para la procedencia de la contratación directa.

Que asimismo por medio del artículo 26 bis de la Resolución del Consejo Directivo N° 47/12 se agregaron al Reglamento Administrativo para los Centros de Investigación (RACI), las causales para contratar de forma directa cuando existan probadas razones de urgencia, emergencia, exclusividad, especialidad y otras que así lo justifiquen.

Que atento a la necesidad de ampliar el procedimiento regulado previamente y con la finalidad que las Contrataciones Directas que se realicen bajo estas causales se adecuen a las actuales necesidades del Instituto, se entiende meritorio, conveniente y oportuno sustituir los mencionados artículos 26 y 26 bis, adecuándolos a las causales establecidas en el artículo 25 incisos d) apartados 1, 2, 3, 4, 5, 7, 8 y 9 del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1023/01 y en los artículos 20, 21, 22, 23, 24, 26, 27 y 28 del Reglamento Aprobado por el Decreto N° 893/12.

Que asimismo, y con la finalidad de reducir tiempos de gestión que redunde en una administración más eficaz, económica y eficiente por parte del Instituto resulta conveniente incorporar a la Resolución del Consejo Directivo N° 58/12, el procedimiento de Trámite Simplificado aplicable a las Contrataciones Directas, contemplado en el artículo 30 y en el artículo 147 del Reglamento Aprobado por el Decreto N° 893/12.

Que la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN, HACIENDA Y FINANZAS, la GERENCIA GENERAL y la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES han tomado la intervención que les compete.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el inciso i) del artículo 4° de la Ley Orgánica de INTI, Decreto-Ley 17138/57, ratificado por Ley 14.467.

Por ello,

EL CONSEJO DIRECTIVO

DEL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Sustitúyase el texto del artículo 26 de la Resolución del Consejo Directivo N° 47112 modificatoria del Reglamento para los Centros de Investigación, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 93/61, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Se aplicara la Contratación Directa por Compulsa Abreviada como procedimiento de selección del contratista, dirigida a más de un potencial oferente con capacidad para satisfacer la prestación, en los siguientes casos":

1) Cuando la obra, el bien, o el servicio a contratar no supere el monto de $200.000.

2) Cuando el concurso de precios haya resultado desierto o fracasado, se deberá efectuar un segundo llamado, pudiéndose modificar los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, para...

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