Resolución 1371/2010

EmisorSecretaria de Trabajo
Fecha de la disposición16 de Noviembre de 2010

Martes 16 de noviembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.029 86 % 86 % MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'º1371/2010

Registro N'º1361/2010

Bs. As., 15/9/2010

VISTO el Expediente N'º1.273.812/08 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º14.250 (t.o. 2004), la Ley N'º20.744 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del Acuerdo suscripto entre la ASOCIACION OBRERA MINERA ARGENTINA y la empresa MINAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 2/9 del expediente N'º1.381.780/10 agregado como fojas 168 al principal, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º14.250 (t.o. 2004).

Que el precitado acuerdo se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N'º988/08 “E”y estipula modificaciones al mismo.Asimismo, las precitadas partes pactan un aumento en las remuneraciones de los trabajadores. representados por la ASOCIACION OBRERA MINERA ARGENTINA.

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la entidad empresaria signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personerÃa gremial.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se procederá a remitir estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el artÃculo 245 de la Ley N'º. 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la AsesorÃa Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N'º14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N'º900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1

'º — Declárase homologado el acuerdo suscripta entre la ASOCIACION OBRERA MINERA ARGENTINA y la empresa MINAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 2/9 del expediente N'º1.381.780/10 agregado como fojas 168 del Expediente N'º1.273.812/08, conforme a lo dispuesto en la Ley N'º14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2

'º — RegÃstrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente acuerdo obrante a fojas 2/9 del expediente N'º1.381.780/10 agregado como fojas 168 del Expediente N'º1.273.812/08.

ARTICULO 3

'º — RemÃtase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4

'º — NotifÃquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan, de acuerdo a lo establecido en el ArtÃculo 245 de la Ley N'º20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

ARTICULO 5

'º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEOY SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado y/o de esta Resolución, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el artÃculo 5'° de la Ley N'º14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N'º1.273.812/08

Buenos Aires, 20 de septiembre de 2010

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N'º1371/10 se ha tomado razon del acuerdo obrante a fojas 2/9 del expediente N'º1.381.780/10, agregado como fojas 168 al expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1361/10. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad de San Juan, Provincia de San Juan, República Argentina, a los 9 dÃas del mes de abril de 2010, intervienen, por una parte, la ASOCIACION OBRERA MINERA ARGENTINA (en adelante LA ASOCIACION), con domicilio en la calle Rosario 434/6 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada por Héctor Oscar Laplace (en su carácter de Secretario General), Humberto Nieves Araya (en su carácter de Tesorero) y Armando César DomÃnguez (en su carácter de Vocal Primero del Consejo Directivo de AOMA), MartÃn José Angel (en su carácter de Secretario General de AOMA - Seccional San Juan), Miguel Bustos, Marcelo Guevara y Daniel Palomo (en su carácter de delegados del personal), y por la otra parte, MINAS ARGENTINAS S.A. (en adelante LA EMPRESA), con domicilio en General Paz 558 Norte, de la Ciudad de San Juan, representada por Hernán Vera,

Duilio Rivero, Rubén MartÃn Palacio y MarÃa Fernanda Secco, en su carácter de apoderados, con la asesorÃa letrada de Javier Adrogué...

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