Resolución 951/2010

EmisorSecretaria de Trabajo
Fecha de la disposición 3 de Noviembre de 2010

Miércoles 3 de noviembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.020 24

Expediente N'º' 1.013.671/97

Buenos Aires, 19 de julio de 2010

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N'º' 920/10, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 351/10

T. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

% 24 % MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'º' 951/2010

Tope N'º' 361/2010

Bs. As., 21/7/2010

VISTO el Expediente N'º' 1.044.101/01 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004), la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N'º' 756 del 24 de junio de 2010, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 3 del Expediente N'º' 1.343.696/09, agregado como fojas 229 del Expediente N'º' 1.044.101/01, obra la escala salarial pactada entre el SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DEL ESPECTACULO PUBLICO Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la ASOCIACION ARGENTINA DE EMPRESARIOS TEATRALES, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N'º' 291/75, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º' 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. N'º' 756/10 y registrado bajo el N'º' 831/10, conforme surge de fojas 353/355 y 358, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artÃculo 245 de la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 366/368, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Regulaciones del Trabajo dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en...

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