Resolución 2248.

Fecha de disposición10 Diciembre 2015
Fecha de publicación10 Diciembre 2015
SecciónAvisos Oficiales
MINISTERIO DE SALUD
Resolución 2248/2015
Bs. As., 01/12/2015
VISTO el Expediente N° 2002-19467-15-7, del registro del MINISTERIO DE SALUD, la Ley N° 17.132,
sus complementarias y modificatorias, la Ley N° 22.127, la Resolución N° 450 del ex -MINISTERIO DE
SALUD Y AMBIENTE, de fecha 7 de abril de 2006, la Resolución N° 1922 del MINISTERIO DE SALUD,
de fecha 6 de diciembre de 2006, la Resolución Ministerial N° 1342 de fecha 10 de octubre de 2007, y la
Disposición N° 29 de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN de fecha
14 de septiembre de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que el ordenamiento racional, la planificación y distribución de los Recursos Humanos en Salud, son
componentes centrales en la política sanitaria del MINISTERIO DE SALUD.
Que a través de la Resolución Ministerial N° 450 de fecha 7 de abril de 2006 se crea el SISTEMA
NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD y se establecen los
criterios básicos, los integrantes del sistema y los registros.
Que el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD se
encuentra integrado por el CONSEJO FEDERAL DE SALUD —COFESA— como rector de la política a
seguir en la formación del recurso humano en salud, es presidido por la SUBSECRETARÍA DE
POLÍTICAS REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y
SALUD OCUPACIONAL como coordinador, la COMISIÓN TÉCNICA, integrada por representantes
jurisdiccionales y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE
RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, conformada por entidades representativas del sector,
conforme lo establecido por Resolución Ministerial N° 450 de 2006.
Que por Resolución Ministerial N° 1342/07 se aprobaron los “Criterios y Estándares Básicos de las
Residencias del Equipo de Salud”, “Esquema de Presentación de Programas Docentes de Residencias
en Salud” y “Requisitos para la Inscripción de Entidades Evaluadoras”, así como el REGISTRO
NACIONAL UNICO DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD ACREDITADAS, el REGISTRO DE
PROGRAMAS DE RESIDENCIAS ACREDITADAS y el REGISTRO UNICO DE ENTIDADES
EVALUADORAS DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD.
Que mediante Disposición N° 29 de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS REGULACIÓN Y
FISCALIZACIÓN de fecha 14 de septiembre de 2010 se aprobó el Instrumento Nacional de Evaluación
de Residencias del Equipo de Salud y los Estándares Nacionales de Acreditación, a los efectos de que
los mismos definan los criterios mínimos para el funcionamiento de los programas de formación de
residencias, refrendados por la COMISIÓN TÉCNICA INTERJURISDICCIONAL y la COMISIÓN
ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE
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SALUD.
Que en correlato con la implementación del SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACION DE
RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, la DIRECCION NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD
OCUPACIONAL, identificó la necesidad de contar con un marco que regule y organice el desarrollo
pedagógico de las residencias del equipo de salud a nivel nacional.
Que en ese contexto se coordinó el diseño y la implementación de un procedimiento de trabajo basado
en acuerdos metodológicos y de contenidos sucesivos con el objetivo de generar Marcos de Referencia
para la Formación en Residencias Médicas que regulen y organicen el desarrollo pedagógico de las
residencias del equipo de salud a nivel nacional.
Que la elaboración de los Marcos de Referencia para la Formación en Residencias Médicas constituye
una herramienta central del proceso de armonización de la formación en residencias en tanto establecen
los componentes mínimos que tienen que estar presentes en la formación.
Que por Expediente N° 2002-19467-15-7. del registro del MINISTERIO DE SALUD se desarrolló el
trámite de elaboración del Marco de Referencia formativo en Salud Mental.
Que la elaboración de los documentos fue una tarea conjunta con representantes de instituciones
asistenciales, asociaciones profesionales y cuerpos técnicos jurisdiccionales que constituyen comisiones
consultivas de la formación en Salud Mental, bajo la coordinación de la DIRECIÓN NACIONAL DE
CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL.
Que el Documento - Marco de Referencia que nos ocupa, fue aprobado por Acta del 1 de octubre de
2015 de la Comisión Asesora del SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL
EQUIPO DE SALUD, por Acta de fecha 1 de octubre de 2015 de la. Subcomisión de Medicina de la
COMISIÓN NACIONAL ASESORA DEL EJERCICO DE LAS PROFESIONES DE GRADO
UNIVERSITARIO EN SALUD; y que su aprobación fue incluida en el Acta COFESA, de la Reunión
Ordinaria N° III, reunido en la Provincia de San Juan, entre los días 14 y 15 de agosto de 2015.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su
competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 17.132, sus complementarias y
modificatorias, y la Ley N° 22.1.27.
Por ello,
EL MINISTRO
DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébese el Documento Marco de Referencia para la formación en SALUD MENTAL,
conforme al Anexo I, que forman parte de la presente.
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ARTÍCULO 2° — Incorpórese el Marco de Referencia en SALUD MENTAL, como estándar de evaluación
de las residencias que se acrediten en el marco del SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACION DE
RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD.
ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
BOLETÍN OFICIAL y archívese. — Dr. DANIEL GUSTAVO GOLLAN, Ministro de Salud.
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