Resolución 222 - E.

Fecha de disposición12 Septiembre 2016
Fecha de publicación12 Septiembre 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 222 - E/2016

Buenos Aires, 21/07/2016

VISTO el Expediente Nº 1.706.083/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3 obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa NEW PLAN CAR SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALIZACION y AHORRO, por la parte empleadora, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el mentado Acuerdo las precitadas pactan el pago de una Gratificación Extraordinaria Excepcional por única vez de carácter no remunerativo, conforme surge del texto convencional traído a marras.

Que efectúan el presente Acuerdo en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 288/97.

Que el ámbito de aplicación del mentado Acuerdo se corresponde con el objeto de la representación empresaria signataria, como así con los ámbitos de representación personal y actuación territorial de la Entidad Sindical firmante emergente de su Personería Gremial.

Que se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 7/15.

Por ello,

EL SECRETARIO

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa NEW PLAN CAR SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALIZACION y AHORRO, por la parte empleadora, que luce a fojas 3 del Expediente N° 1.706.083/16, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2º

Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento de Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 3 del Expediente N° 1.706.083/16.

ARTÍCULO 3°

Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N° 288/97.

ARTÍCULO 4°

Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO...

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