Resolución 222.

Fecha de disposición27 Mayo 2016
Fecha de publicación27 Mayo 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 222/2016

Bs. As., 14/04/2016

VISTO el Expediente N° 1.694.261/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 148/151 del Expediente N° 1.694.261/15 obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL PETROLEO Y GAS PRIVADO DEL CHUBUT y la empresa COPGO GE OIL & GAS ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, ratificado a foja 152, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que a fojas 25/29 de autos el conflicto suscitado en autos fue encuadrado en el marco de la Ley N° 14.786 de Conciliación Laboral Obligatoria.

Que en el Acuerdo de marras, los agentes negociadores convienen modificaciones laborales en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 605/10, conforme al contenido del texto pactado.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que en relación al Acuerdo obrante a fojas 146/147 de autos, corresponde hacer saber a las partes que, atento al tenor y a los términos del mismo, prima facie no resulta susceptible de ser homologado por parte de esta Autoridad.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA

DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL PETROLEO Y GAS PRIVADO DEL CHUBUT y la empresa COPGO GE OIL & GAS ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, que luce a fojas 148/151 del Expediente N° 1.694.261/15, ratificado a foja 152, conforme a lo dispuesto en la...

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