Resolución 495/2010

EmisorSecretaria de Trabajo
Fecha de la disposición29 de Septiembre de 2010

Miércoles 29 de setiembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.997 51

ARTICULO 4

'º — GÃrese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5

'º — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio dado por la presente, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el ArtÃculo 5'º de la Ley N'º14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO Expediente N'º1.204.306/07

PARTES SIGNATARIAS FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA BASE PROMEDIO TOPE INDEMNIZATORIO ASOCIACION DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECANICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA C/ SIAT SOCIEDAD ANONIMA CCT N'º275/75

01/10/2009

01/01/2010 $3.264,00 $3.433,00 $9.792,00 $10.299,00

Expediente N'º' 1.231.344/ Buenos Aires, 26 de abril de 2010

De conformidad con lo ordenado en RESOLUCION ST N'º' 486/10, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 200/10

T. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación D.N.R.T.

% 51 % MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'º494/2010

Tope N'º204/2010

Bs. As., 22/4/2010

VISTO el Expediente N'º168.932/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º14.250 (t.o. 2004), la Ley N'º20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N'º63 del 15 de enero de 2010, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 30/31 del Expediente N'º 168.932/09 obra el acuerdo salarial pactado entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICASY AFINES DE BAHIA BLANCA y la empresa PROFERTIL SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N'º879/07 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º14.250 (t.o.

2004).

Que el acuerdo precitado fue homologado por la Resolución S.T. N'º63/10 y registrado bajo el N'º84/10, conforme surge de fojas 41/43 y 46, respectivamente.

Que a fojas 2 del Expediente N'º 1.373.300/10, agregado al principal a fojas 61, obra la presentación de escalas salariales correspondientes al Acuerdo, realizada por la empresa.

Que el segundo párrafo del artÃculo 245 de la Ley N'º20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 65/67, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Regulaciones del Trabajo dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que resulta oportuno aclarar que mediante la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N'º1557 del 10 de noviembre de 2009 ha sido fijado el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio, correspondiente al Acuerdo N'º 1154/09 de fecha 24 de julio de 2009, homologado por la Resolución de SECRETARIA DE TRABAJO N'º1337 del 14 de octubre de 2009 celebrado entre las mismas partes, cuyas vigencias fueron establecidas a partir del 1'º de abril de 2009 y del 1'º de enero de 2010.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artÃculo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N'º20.744 (t.o. 1976), y en el Decreto N'º357 del 21 de febrero de 2002, modificado por su similar N'º628 del 13 de junio de 2005.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1

'º â FÃjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N'º63 del 15 de enero de 2010 y registrado bajo el N'º84/10 suscripto entre el...

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