Resolución 221/2015

Fecha de la disposición 5 de Febrero de 2015



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 221/2015Bs. As., 5/2/2015

VISTO el Expediente Nº 1.623.990/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO Nº 2188 del 17 de noviembre de 2014, la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo Nº 50 del 3 de febrero de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 12 del Expediente Nº 1.623.990/14, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL ESPECTÁCULO PÚBLICO Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (S.U.T.E.P.), por la parte sindical y la empresa PARQUE DE LA COSTA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 296/75 conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 2188/14 y registrado bajo el Nº 1754/14, conforme surge de fojas 54/56 y 59, respectivamente.

Que mediante la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo Nº 50 del 3 de febrero de 2014 se fijaron los promedios de las remuneraciones de los cuales surgen los topes indemnizatorios con vigencias desde el 1° de diciembre de 2013 y 1° de abril de 2014, correspondientes al Acuerdo Nº 57/14, homologado por la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO Nº 2090 del 27 de diciembre de 2013.

Que atento a que las partes en el Acuerdo Nº 1754/14 han establecido los nuevos valores de las escalas salariales vigentes al mes de abril de 2014, deviene necesario actualizar el monto del promedio de las remuneraciones anteriormente fijado y del respectivo tope indemnizatorio que surge del mismo, por los nuevos importes que se detallan en el Anexo de la presente.

Que cabe destacar que la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo Nº 50 del 3 de febrero de 2014 conserva su eficacia y demás efectos en lo no modificado por el presente acto.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope...

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