Resolución 68/2010

Fecha de la disposición24 de Septiembre de 2010

Viernes 24 de setiembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.994 15

Bancaria Uniforme (C.B.U.) se detallan en el Anexo que forma parte de la presente resolución.

Que la solicitud presentada por la firma RICEDAL ALIMENTOS S.A., que se detalla en el mencionado Anexo, fue liquidada de conformidad con lo establecido en la citada Resolución N'º2242/09 y sus modificatorias.

Que el Area de Compensaciones de la citada Oficina Nacional evaluó la presentación efectuada de acuerdo a la normativa vigente, conforme surge del informe técnico obrante a fojas 1/3, 15/17 y 30/32.

Que asimismo, la Coordinación del Area de Compensaciones de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO intervino favorablemente a fojas 79.

Que se ha cumplimentado con la presentación de la documentación necesaria a los fines de resultar acreedores del beneficio de compensación con posterioridad a la entrada en vigencia de la Resolución N'º145 de fecha 7 de septiembre de 2007 del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, acompañándose las respectivas notas emitidas por el Secretario de Comercio Interior que se encuentran agregadas a fojas 14, 29 y 45.

Que por ello resulta procedente aprobar la solicitud correspondiente a la presentación que se detalla a fojas 80, que no ha merecido observaciones, y autorizar el pago de la compensación solicitada.

Que la Coordinación Legal y Técnica de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, no ha presentado objeciones a la continuación del trámite.

Que la Dirección General de Asuntos JurÃdicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N'º1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por las Resoluciones Nros. 9 de fecha 11 de enero de 2007 y 40 de fecha 25 de enero de 2007 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO RESUELVE:

ArtÃculo 1'º — Apruébase la compensación solicitada por el molino harinero que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, la que asciende a la suma total de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS TREINTA MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON SESENTA Y TRES CENTAVOS ($ 1.230.884,63), por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.

Art. 2

'º — AutorÃzase el pago de la compensación consignada al beneficiario mencionado en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, el que asciende a la suma total de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS TREINTA MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON SESENTA Y TRES CENTAVOS ($1.230.884,63).

Art. 3

'º — El gasto que demande la implementación de lo establecido por el ArtÃculo 2'º de la presente medida, será atendido mediante la cuenta habilitada a tal efecto, con cargo al Crédito Vigente de la Entidad 611 - ONCCA, Programa 16, Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional.

Art. 4

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Juan M. Campillo.

ANEXO PAGO COMPENSACIONES A MOLINOS DE TRIGO S01:0217500/2010

N'º Expediente Razón Social C.U.I.T. C.B.U.

PERIODO 2009

PERIODO 2010

Localidad Provincia noviembre diciembre enero 1 58447899405 RICEDAL ALIMENTOS SA 30-70722742-3 191028165502810142088-2 256.058,98 458.682,95 516.142,70 CHABAS SANTA FE TOTAL 1.230.884,63 % 15 % % 15 % Administración Nacional de la Seguridad Social SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO Resolución 785/2010

Apruébase el Calendario de Pago de Prestaciones para la emisión correspondiente al mes de noviembre 2010.

Bs. As., 16/9/2010

VISTO el Expediente Nro. 024-99-81261988-4790 del Registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), y la necesidad de establecer el Calendario de Pago de las Prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), para la emisión del mes de noviembre de 2010, y CONSIDERANDO:

Que es necesario adecuar las fechas de pago al pronóstico de ingresos al Sistema Previsional, en particular los provenientes de la recaudación de aportes y contribuciones sobre la nómina salarial.

Que las condiciones financieras vigentes para atender las obligaciones previsionales, permiten establecer el esquema de pago, en VEINTE (20) grupos.

Que la Gerencia Asuntos JurÃdicos ha tomado la intervención que le compete, emitiendo Dictamen N'º15.541/00, obrante a fojas 2/3.

Que la Comunicación “A” 4471 del Banco Central de la República Argentina de fecha 6 de enero de 2006, regula la operatoria de rendición de cuentas para las entidades financieras participantes en la operatoria de pago de los beneficios de la Seguridad Social a cargo de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artÃculo 3'º del Decreto N'º2741/91 y el artÃculo 36 de la Ley N'º24.241.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE:

ArtÃculo 1'º — Apruébase el Calendario de Pago de Prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), para la emisión correspondiente al mes de noviembre de 2010, cuya fecha de inicio de pago quedará fijada conforme se indica a continuación:

  1. Beneficiarios de PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS:

    GRUPO DE PAGO 1: Documentos terminados en 0 y 1, a partir del dÃa 1 de noviembre de 2010.

    GRUPO DE PAGO 2: Documentos terminados en 2 y 3, a partir del dÃa 2 de noviembre de 2010.

    GRUPO DE PAGO 3: Documentos terminados en 4 y 5, a partir del dÃa 3 de noviembre de 2010.

    GRUPO DE PAGO 4: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del dÃa 4 de noviembre de 2010.

    GRUPO DE PAGO 5: Documentos terminados en 8 y 9, a partir del dÃa 5 de noviembre de 2010.

  2. Beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), cuyos haberes mensuales, sólo códigos 001 y todas sus empresas, el 003 y todas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR