Resolución 1607/2003

Fecha de disposición04 Diciembre 2003
Fecha de publicación04 Diciembre 2003
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30291

Administración Federal de Ingresos Públicos Administración Federal de Ingresos Públicos

IMPUESTOS

Resolución General 1607

Impuestos varios. Resolución General N° 58 y sus modificaciones. Agenda de días de vencimientos para el año 2004.

Bs. As., 2/12/2003

VISTO la Resolución General N° 58 y sus modificaciones, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante la citada norma, se fijaron las fechas de vencimiento general respecto de determinadas obligaciones, en función de las terminaciones de la Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).

Que se estima conveniente precisar las fechas de vencimientos previstas para el año calendario 2004.

Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación, de Programas y Normas de Recaudación, de Asesoría Legal y Técnica y de Gestión de Recaudación de los Recursos de la Seguridad Social.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618, de fecha 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1°

Establécense para el año calendario 2004, las fechas de vencimiento general que, para cada una de las resoluciones generales que se indican seguidamente, se fijan en el Anexo de la presente:

  1. Resolución General N° 3610 (DGI) y sus modificaciones, artículo 1°.

  2. Resolución General N° 3834 (DGI), texto sustituido por la Resolución General N° 712, sus modificatorias y complementarias, artículo 15.

  3. Resolución General N° 3847 (DGI), sus modificatorias y complementarias, artículo 9°.

  4. Resolución General N° 4120 (DGI), sus modificatorias y complementarias, artículo 4°.

  5. Resolución General N° 309, artículo 1°.

  6. Resolución General N° 327, su modificatoria y complementarias, artículo 23.

  7. Resolución General N° 597, artículo 8°.

  8. Resolución General N° 619, sus modificatorias y complementarias, artículos 7°, 8° y 9°.

  9. Resolución General N° 715 y sus complementarias, artículo 7°.

  10. Resolución General N° 725, sus modificatorias y complementarias, artículo 7°.

  11. Resolución General N° 738, sus modificatorias y complementarias, artículo 2°.

  12. Resolución General N° 808 y sus complementarias, artículos 7° y 12.

  13. Resolución General N° 841, artículo 8°.

  14. Resolución General N° 975 y sus complementarias, artículo 7°.

    ñ) Resolución General N° 992, sus modificatorias y complementarias, artículo 6°.

  15. Resolución General N° 997 y su complementaria, artículo 7°.

  16. Resolución General N° 1135, sus modificatorias y complementarias, artículo 11.

  17. Resolución General N° 1497 y sus complementarias, artículo 5°.

    Art. 2° - Apruébase el Anexo que forma parte de esta resolución general.

    Art. 3° - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - Alberto R. Abad.

    ANEXO RESOLUCION GENERAL N° 1607

    A - PRESENTACION DE LA DECLARACION JURADA Y PAGO DEL SALDO RESULTANTE

    I - IMPUESTO A LAS GANANCIAS

  18. Sociedades, empresas o explotaciones unipersonales que confeccionen balances comerciales. Resolución General N° 992, artículo 6°.

    1. ENERO, FEBRERO, MARZO, ABRIL, JUNIO, JULIO, AGOSTO, SETIEMBRE, OCTUBRE Y DICIEMBRE/2004.

      TERMINACION

      C.U.I.T. FECHA DE

      VENCIMIENTO 0 ó 1

      2 ó 3

      4 ó 5

      6 ó 7

      8 ó 9 Hasta el día 6, inclusive

      Hasta el día 7, inclusive

      Hasta el día 8, inclusive

      Hasta el día 9, inclusive

      Hasta el día 10, inclusive

    2. MAYO/2004

      TERMINACION

      C.U.I.T. FECHA DE

      VENCIMIENTO 0 ó 1

      2 ó 3

      4 ó 5

      6 ó 7

      8 ó 9 Hasta el día 10, inclusive

      Hasta el día 11, inclusive

      Hasta el día 12, inclusive

      Hasta el día 13, inclusive

      Hasta el día 14, inclusive

    3. NOVIEMBRE/2004

      TERMINACION

      C.U.I.T. FECHA DE

      VENCIMIENTO 0 ó 1

      2 ó 3

      4 ó 5

      6 ó 7

      8 ó 9 Hasta el día 8, inclusive

      Hasta el día 9, inclusive

      Hasta el día 10, inclusive

      Hasta el día 11, inclusive

      Hasta el día 12, inclusive

  19. Personas físicas y sucesiones indivisas. Resolución General N° 975, artículo 7°. (*)

    1. ABRIL/2004

      TERMINACION

      C.U.I.T. FECHA DE

      VENCIMIENTO 0 ó 1

      2 ó 3

      4 ó 5

      6 ó 7

      8 ó 9 Hasta el día 19, inclusive

      Hasta el día 20, inclusive

      Hasta el día 21, inclusive

      Hasta el día 22, inclusive

      Hasta el día 23, inclusive

    2. MAYO/2004

      TERMINACION

      C.U.I.T. FECHA DE

      VENCIMIENTO 0 ó 1

      2 ó 3

      4 ó 5

      6 ó 7

      8 ó 9 Hasta el día 17, inclusive

      Hasta el día 18, inclusive

      Hasta el día 19, inclusive

      Hasta el día 20, inclusive

      Hasta el día 21, inclusive

      (*) El ingreso del saldo resultante deberá realizarse hasta el día hábil inmediato siguiente, inclusive, al de cada una de las fechas de vencimiento general que corresponda.

      II - IMPUESTO...

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