Resolución 396/2003
Fecha de disposición | 10 Diciembre 2003 |
Fecha de publicación | 10 Diciembre 2003 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 30294 |
Ministerio del Interior Ministerio del Interior
ARANCELES
Resolución 396/2003
Establécense los niveles tarifarios que percibirá la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas por el otorgamiento de documentos, certificados, testimonios, rectificaciones, reproducciones y actualizaciones, entre otros, por medio de las Representaciones Consulares en el exterior.
Bs. As., 4/12/2003
VISTO el Expediente N° 22.975/2003 del registro de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, las Leyes números 17.671, 25.561, sus modificatorias y concordantes, y
CONSIDERANDO:
Que conforme al último párrafo del artículo 3° de la Ley N° 17.671 de IDENTIFICACION, REGISTRO Y CLASIFICACION DEL POTENCIAL HUMANO NACIONAL, la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS ejerce sus atribuciones por intermedio de las Oficinas Consulares dependientes del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO en los lugares sometidos a la jurisdicción argentina, pero fuera de su territorio.
Que las Representaciones Consulares perciben las tasas retributivas establecidas por la Ley N° 17.671, por su intervención en su carácter de Oficinas Seccionales del REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS.
Que el Decreto N° 266 del 22 de marzo de 2000 dispone la percepción de los Derechos Consulares mediante las denominadas Unidades Consulares, bajo la ecuación de la Unidad Consular en UN (1) DOLAR ESTADOUNIDENSE (U$S 1).
Que mediante el dictado de la Ley N° 25.561 se declaró la emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria, modificando la relación cambiaria preexistente.
Que a raíz de la modificación de la relación cambiaria, las citadas tasas retributivas deben ser reajustadas a la moneda del país donde se encuentre la representación consular a DOLAR ESTADOUNIDENSE y su resulta a la relación de cambio existente en la REPUBLICA ARGENTINA.
Que en ese orden de ideas corresponde simplificar los mecanismos para el cobro de las tasas por el otorgamiento de documentos, certificados, testimonios, rectificaciones, reproducciones y actualizaciones, entre otros, solicitadas por ciudadanos argentinos residentes en el exterior o extranjeros que inicien trámites de radicación y obtención del Documento Nacional de Identidad.
Que es menester otorgar a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS los medios indispensables a...
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