Resolución 1529/2003

Fecha de disposición22 Julio 2003
Fecha de publicación22 Julio 2003
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30196

Administración Federal de Ingresos Públicos Administración Federal de Ingresos Públicos

OBLIGACIONES IMPOSITIVAS Y DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Resolución General 1529

Procedimiento. Régimen de asistencia financiera. Programa aplicativo. Resolución General N° 1276 y sus modificaciones. Norma modificatoria y complementaria.

Bs. As., 21/7/2003

VISTO la Resolución General N° 1276 y sus modificaciones, y

CONSIDERANDO:

Que la mencionada norma estableció un régimen de asistencia financiera, a los fines de posibilitar a los contribuyentes y responsables que acrediten una situación económico-financiera comprometida, cumplir con sus obligaciones líquidas y exigibles, impositivas y/o de los recursos de la seguridad social.

Que en virtud de haberse concluido con el desarrollo del sistema informático, corresponde aprobar el programa aplicativo a utilizar por los sujetos que adhieran al régimen de facilidades de pago, así como adecuar las disposiciones previstas en la resolución general del visto, aplicables a las presentaciones que se efectúen a partir de su publicación.

Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación, de Programas y Normas de Recaudación y de Informática Tributaria.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones y por el artículo 7º del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1°

Modifícase la Resolución General N° 1276 y sus modificaciones, en la forma que se indica a continuación:

  1. Sustitúyese el artículo 4°, por el siguiente:

    "ARTICULO 4° - La solicitud de adhesión al régimen se formalizará mediante:

    1. La presentación de los siguientes elementos:

  2. UN (1) disquete de TRES PULGADAS Y MEDIA (3½") HD -rotulado con indicación de nombre del impuesto o recurso de la seguridad social, apellido y nombres, Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) y período fiscal-,

  3. el formulario de declaración jurada N° 449/C -que resulte del programa aprobado y provisto por este organismo-, por original,

  4. el formulario denominado "Datos detallados de pagos y obligaciones",

  5. una nota con arreglo a lo dispuesto por la Resolución General N° 1128, en la que se detallará la información que seguidamente se indica:

    4.1. Datos identificatorios del responsable.

    4.2. Un informe de las causas -debidamente fundadas- que impiden cumplir -en tiempo y forma-, las obligaciones de pago con el fisco y justifiquen la solicitud formulada.

    4.3. El compromiso formal de no efectuar, durante el plazo solicitado, distribución de utilidades o retiro de fondos, pagos de honorarios o retribuciones similares, entre otros, a los socios administradores de las sociedades de responsabilidad limitada, en comandita simple y en comandita por acciones o a los directores -según la sociedad de que se trate-, que excedan los distribuidos en forma normal y habitual por la empresa o que superen manifiestamente los abonados por otras de...

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