Resolución 416/2003
Fecha de disposición | 19 Mayo 2003 |
Fecha de publicación | 19 Mayo 2003 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 30152 |
Ministerio de Justicia, Seguridad Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos
REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS
Resolución 416/2003
Modifícase el Anexo IV de la Resolución N° 314/ 2002, con la finalidad de ampliar la nómina de aranceles que perciben los mencionados Registros que tienen competencia exclusiva sobre Maquinaria Agrícola, Víal o Industrial y de Créditos Prendarios, por los trámites sobre bienes muebles no registrables y el vinculado con la inscripción del contrato de prenda con traslado simultáneo de los bienes prendados a otra jurisdicción.
Bs. As., 13/5/2003
VISTO el Expediente N° 138.023/03 del registro de este Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que en el expediente mencionado en el VISTO, obra Ia propuesta formulada por la DIRECCION NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS tendiente a incluir, en la nómina de los Aranceles que perciben los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor con competencia exclusiva sobre Maquinaria Agrícola, Vial o Industrial y de Créditos Prendarios por los trámites sobre bienes muebles no registrables, el vinculado con la inscripción del contrato de prenda con traslado simultáneo de los bienes prendados a otra jurisdicción, a fin de armonizar los conceptos que integran el listado de aranceles.
Que, por otro lado, resulta necesario adecuar la norma arancelaria a las previsiones de la Ley N° 25.248, asignando a la inscripción de contratos de leasing sobre bienes ubicados en distintas jurisdicciones igual tratamiento que el previsto para las prendas con las mismas características.
Que, asimismo, debe preverse un arancel para la inscripción de la cesión de los contratos de leasing, habida cuenta de las frecuentes oportunidades en que se presenta dicha situación, en virtud de la coyuntura imperante.
Que, asimismo, resulta oportuno precisar el texto de los aranceles que hacen referencia a las situaciones en que se origina participación del arancel entre dos o más Registros por encontrarse los bienes en más de una jurisdicción registral, a fin de evitar confusiones con el supuesto indicado en el primer CONSIDERANDO.
Que en igual sentido se propicia la modificación del arancel que corresponde a la cancelación de esos contratos.
Que las consideraciones antes vertidas tornan procedente la modificación del texto de los incisos b), c) y e) del Arancel 3), y del Arancel 8), previstos en el...
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