Resolución 5/2003
Fecha de disposición | 02 Abril 2003 |
Fecha de publicación | 02 Abril 2003 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 30122 |
Comisión Nacional de Trabajo Agrario Ir al texto actualizado
Comisión Nacional de Trabajo Agrario
SALARIOS
Fíjanse las remuneraciones para el personal ocupado en tareas de manipulación, almacenamiento de granos y fardos de pasto en las provincias de Buenos Aires y La Pampa.
Bs. As., 26/3/2003
VISTO la Resolución C.N.T.A. N° 34/94, el Acta N° 119/02 de la Comisión Asesora Regional N° 2, y
CONSIDERANDO:
QUE la Resolución C.N.T.A. N° 34/94 establece salarios para los trabajadores ocupados en las tareas de MANIPULACION, ALMACENAMIENTO DE GRANOS Y FARDOS DE PASTO, en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional N° 2, Provincias de BUENOS AIRES Y LA PAMPA.
QUE la Comisión Asesora Regional N° 2, en Acta N° 119/02, de 19 de diciembre de 2002, acordó elevar a la Comisión Nacional de Trabajo Agrario la propuesta de una nueva escala salarial para la actividad, a efectos de su homologación.
QUE, habiendo llegado a un acuerdo las representaciones sectoriales en cuanto al alcance y efecto de dicha propuesta, corresponde proceder a su determinación.
QUE, en consecuencia, corresponde hacer uso de las facultades conferidas por el artículo 86 de la LEY 22.248.
Por ello,
LA COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
RESUELVE:
Fijar las remuneraciones para el personal ocupado en tareas de MANIPULACION, ALMACENAMIENTO DE GRANOS Y FARDOS DE PASTO, en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional N° 2, Provincias de BUENOS AIRES Y LA PAMPA, con vigencia a partir del 1° de marzo de 2003, que a continuación se detallan:
MOVIMIENTO A GRANEL:
Con S.A.C
Por quintal
1) Descargar cereal a granel o gravitación directa $ 0.016 2) Descargar cereal a granel paleando. Para la cuadrilla $ 0.099 3) Descargar cereal a granel mediante el uso de plata forma hidráulica y/o media plataforma $ 0.016 4) Descargar a granel paleando sobre chimango $ 0.12 5) Descargar a granel paleando para un solo costado $ 0.12 6) Cargar a granel con impulsor mecánico y/o por gravitación $ 0.016 7) Paleo en medios de transporte $ 0.099 8) Palear en silos, galpón o celdas sin aireación o ventilación $ 0.099 9) Palear en silos, galpón o celdas con aireación o ventilación $ 0.0705 10) Palear en silos subterráneos $ 1.12 11) Palear en silos de campaña 1.15 12) Transbordo de cereal a granel de galpón a galpón, de silo a silo, de galpón a silo o de silo a galpón con paleo por gravitación $ 0.094 13) Tendida y surqueada de cereal Convencional El recorrido del paleo no...
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