Resolución 55/2003

Fecha de disposición22 Enero 2003
Fecha de publicación22 Enero 2003
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30073

Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos

ALGODON

Resolución 55/2003

Créase el Programa de Asistencia Financiera Reintegrable al Sector Algodonero. Objetivos y aportes del Programa.

Bs. As., 17/1/2003

VISTO el expediente N° S01-0268583/2002 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, la Carta Acuerdo N° 23 de fecha 27 de diciembre de 2002 suscripto entre esta Secretaría y la FUNDACION ARGENTINA, y

CONSIDERANDO:

Que entre los objetivos establecidos en el Decreto N° 475 de fecha 8 de marzo de 2002, la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, entiende en la ejecución de políticas de promoción, desarrollo y financiamiento de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, procurando la sostenibilidad de los recursos naturales.

Que por el Decreto N° 1415 de fecha 6 de noviembre de 2001 se facultó a la entonces SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, actual SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, a diseñar, dirigir e implementar mecanismos de reducción del costo financiero de créditos, de asistencia financiera no reintegrable u otros instrumentos financieros tendientes, entre otras metas, a garantizar la continuidad de las tareas productivas.

Que esta Secretaría, en el marco de sus competencias, ha elaborado un informe sobre producción algodonera del que surge que en el último quinquenio la superficie sembrada con algodón ha sufrido un marcado descenso.

Que la producción de algodón está estrechamente vinculada con el descenso de los precios internacionales de la fibra, así como la diferencia de costos operativos y rentabilidad observada en los últimos años a favor de otros cultivos que compiten con el algodón y los factores climáticos que aumentaron la vulnerabilidad del cultivo.

Que como consecuencia de los cambios producidos en los precios relativos de la economía argentina en el corriente año, el cultivo de algodón se ha constituido nuevamente en una alternativa productiva rentable y competitiva respecto a otros cultivos.

Que la principal limitante que enfrentan los productores para optar por el cultivo de algodón en la presente campaña es la falta de financiamiento para la adquisición de los insumos necesarios para la implantación y protección del cultivo, agravada por las dificultades por la que atraviesan para obtener recursos del sistema bancario y/o de los proveedores de insumos vinculadas con la crisis del sistema financiero.

Que por ello resulta pertinente, establecer un Programa de Asistencia Financiera Reintegrable para el Sector Algodonero con la finalidad de contribuir a financiar el costo operativo asociado a la implantación y protección del cultivo y revertir la tendencia declinante observada en los últimos años en el nivel de actividad de todos los eslabones de la cadena de valor algodonera.

Que mediante este Programa se tiende a asistir, fundamentalmente, al estrato vinculado a la pequeña y mediana producción que por una cuestión de escala y de infraestructura no puede realizar la siembra de cultivos alternativos que poseen menores costos de implantación, protección y cosecha.

Que asimismo, contribuirá a aumentar la ocupación de mano de obra en provincias que se caracterizan por presentar los mayores niveles de pobreza e indigencia de la REPUBLICA ARGENTINA.

Que es necesario establecer el destino de los fondos recuperados por la amortización de los créditos, para su posterior utilización en algún tipo de asistencia hacia el mismo sector algodonero.

Que la Carta Acuerdo N° 23 de fecha 27 de diciembre de 2002, suscripta entre esta Secretaría y la Fundación ARGENINTA, tiene por objetivo la ejecución de medidas de ayuda destinadas a contribuir al financiamiento de los costos operativos asociados a la implantación y protección del cultivo de algodón y por finalidad, apoyar la progresiva recuperación del área sembrada y del nivel de actividad de todos los componentes de la cadena de valor algodonera, asegurando el abastecimiento del mercado interno de fibra, la generación de saldos exportables y el incremento de la ocupación de mano de obra.

Que la DIRECCION DE LEGALES del AREA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete, en virtud de lo dispuesto por la Resolución de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION N° 7 de fecha 4 de febrero de 2002.

Que el suscrito es competente para dictar el presente acto en virtud de las facultades que le otorgan los Decretos Nros. 1415 de fecha 6 de noviembre de 2001 y 475 de fecha 8 de marzo de 2002.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

RESUELVE:

Artículo 1°

Crear en el ámbito de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, el PROGRAMA DE ASISTENCIA FINANCIERA REINTEGRABLE AL SECTOR ALGODONERO, que se orientará conforme a los lineamientos establecidos en el Anexo que forma parte de la presente resolución.

Art. 2°

El objetivo del presente Programa es contribuir al financiamiento de los costos operativos asociados a la implantación, protección y otros del cultivo de algodón, y tiene por finalidad, apoyar la progresiva recuperación del área sembrada y del nivel de actividad de todos los componentes de la cadena de valor algodonera, asegurando el abastecimiento del mercado interno de fibra, la generación de saldos exportables y el incremento de la ocupación de mano de obra.

Art. 3°

Autorizar un aporte de hasta PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 3.500.000) destinado a atender al Programa creado por el artículo 1° de la presente resolución. Las erogaciones que demande el Programa serán atendidas a través de la Cuenta Corriente Común N° 7400051/33 del BANCO DE LA NACION ARGENINTA, Sucursal ALVEAR, denominada FUNDACION ARGENINTA, en el marco de la Carta Acuerdo N° 23 de fecha 27 de diciembre de 2002, suscripta entre esta Secretaría y la Fundación ARGENINTA, destinada a la prestación de servicios de apoyo administrativo para la implementación de medidas destinadas a asistir al sector algodonero.

Art. 4°

La asistencia financiera quedará supeditada a la pertinente disponibilidad presupuestaria.

Art. 5°

Al término de la campaña agrícola 2002/2003, los recursos recuperados por la Fundación ARGENINTA a través de la cancelación de los préstamos otorgados, conformarán un Fondo que podrá ser utilizado para el financiamiento de la siguiente campaña algodonera, así como a otros programas y acciones orientadas al mejoramiento de la actividad algodonera nacional.

Art. 6°

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - Haroldo A. Lebed.

ANEXO

PROGRAMA DE ASISTENCIA FINANCIERA REINTEGRABLE AL SECTOR ALGODONERO

CONTENIDO

  1. FUNDAMENTACION DEL PROGRAMA

  2. OBJETIVO DEL PROGRAMA

  3. ESTRATEGIA DEL PROGRAMA

  4. BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA A. REQUISITOS PARA LAS DESMOTADORAS B. REQUISITOS PARA LOS PRODUCTORES C. DESCRIPCION DEL BENEFICIO

  5. ORGANIZACION PARA LA EJECUCION

  6. PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS

    1. APROBACION DE LAS SOLICITUDES DE ASISTENCIA FINANCIERA

    2. SINTESIS DE LA OPERATORIA

    Programa de Asistencia Financiera Reintegrable al Sector Algodonero

  7. FUNDAMENTACION DEL PROGRAMA

    En el último quinquenio la superficie sembrada con algodón ha sufrido un marcado descenso, pasando de UN MILLON CIENTO TREINTA Y TRES MIL QUINIENTAS (1.133.500) hectáreas en la campaña agrícola 1997/98 a CIENTO SETENTA Y TRES MIL CIENTO DIEZ (173.110) hectáreas en la campaña 2001/02, representando la menor superficie sembrada de los últimos SESENTA Y OCHO (68) años. Asimismo, desde la campaña 1994/95 se ha manifestado una disminución del rendimiento de fibra en desmote que pasó de un promedio de QUINIENTOS DIECINUEVE (519) kg/ha a TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE (397) kg/ha en la campaña 2001/02.

    La evolución de la producción de algodón está estrechamente vinculada con el descenso de los precios internacionales de la fibra, originado, fundamentalmente, por los subsidios y apoyos gubernamentales a la producción y comercialización que distorsionan y provocan inestabilidad en el mercado algodonero mundial. A esta situación debe sumarse la diferencia de costos operativos y rentabilidad observada en los últimos años a favor de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR