Resolución 1408/2003

Fecha de disposición07 Enero 2003
Fecha de publicación07 Enero 2003
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30062

Administración Federal de Ingresos Públicos Administración Federal de Ingresos Públicos

IMPUESTOS

Resolución General 1408

Régimen de percepción a cuenta del Impuesto a los Ingresos Brutos en las destinaciones de Importación a Consumo.

Bs. As., 2/1/2003

VISTO los compromisos asumidos por la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS en acuerdos suscriptos con jurisdicciones provinciales, de conformidad con la facultad otorgada por el antepenúltimo párrafo del artículo 3° del Decreto 618/97 del 10 de julio de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que por dichos acuerdos la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS debe practicar la percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos por las operaciones de importación definitiva, cuando las mismas sean efectuadas por importadores con domicilio fiscal en la jurisdicción provincial de que se trate y que revistan en la categoría de contribuyentes directos.

Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto Nº 618/97, la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS se encuentra facultada para celebrar convenios de recaudación con las jurisdicciones provinciales como, asimismo, para actuar en oportunidad de realizarse operaciones de importación definitiva de mercaderías como agente de percepción de impuestos locales que graven el consumo o la comercialización de bienes.

Que han tomado intervención la Dirección de Técnica, dependiente de la Subdirección General de Legal y Técnica Aduanera, la Dirección de Programas y Normas de Procedimientos Aduaneros, dependiente de la Subdirección General de Recaudación, la Dirección de Informática Aduanera, dependiente de la Subdirección General de Sistemas y Telecomunicaciones y la Subdirección General de Planificación y Administración.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1º

En las destinaciones de importación que registren contribuyentes del Impuesto a los Ingresos Brutos inscriptos en las jurisdicciones provinciales que celebren convenios de percepción con esta ADMINISTRACION FEDERAL, se efectuará...

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