Resolución 187/2002

Fecha de disposición08 Noviembre 2002
Fecha de publicación08 Noviembre 2002
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30022

CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

Resolución C. D. N° 187/2002

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 30/10/2002

En la Sesión del día de la fecha (Acta N° 1010) el Consejo Directivo aprobó la siguiente Resolución:

Primera parte

Visto y Considerando:

  1. Las atribuciones de este Consejo Profesional para "Dictar las medidas de todo orden que

    estime necesarias o convenientes para el mejor ejercicio de las profesiones cuya matrícula controla" (art. 2° inc. f, Ley N° 466/00).

  2. Que han servido de base para la preparación de las Normas Contables Profesionales contenidas en la Segunda Parte de esta Resolución.

    1) La Resolución Técnica N° 16, con las modificaciones introducidas por la Resolución M.D. N° 238/01, del 17 de octubre de 2001.

    2) La Resolución Técnica N° 17, con las modificaciones introducidas por la Resolución M.D. N° 243/01, del 30 de octubre de 2001.

    3) La Resolución Técnica N° 18, con las modificaciones introducidas por la Resolución M.D. N° 261/01, del 28 de noviembre de 2001.

    4) La Resolución Técnica N° 19, con las modificaciones introducidas por la Resolución M.D. N° 262/01, del 28 de noviembre de 2001.

    5) La Resolución Técnica N° 20 "Instrumentos derivados y operaciones de cobertura", proyecto aprobado por la F.A.C.P.C.E. en su reunión del 5 de abril de 2002, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

    6) Las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC), en particular la NIC 39.

    7) La opinión de la Comisión de Estudios sobre Contabilidad de este Consejo Profesional.

    Por ello:

    EL CONSEJO DIRECTIVO DEL CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

    RESUELVE:

ARTICULO 1°

Aprobar la Segunda Parte de la Resolución Técnica N° 20 "Instrumentos derivados y operaciones de cobertura - Normas contables profesionales" propuesta a los Consejos para su sanción por parte de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas con las modificaciones introducidas por la Segunda Parte de esta Resolución; y declararla Norma Contable Profesional de aplicación obligatoria en la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ARTICULO 2°

Dejar sin efecto el artículo 2° - "Instrumentos derivados", de la Resolución C. D. N° 261/01, relativa a los criterios establecidos en la Sección 2 "Instrumentos derivados" de la Resolución Técnica N° 18, cuyo nuevo título y texto son dispuestos por la Resolución Técnica N° 20, a que se refiere el Artículo 1° de la presente Resolución.

ARTICULO 3°

La presente Resolución tendrá vigencia para los ejercicios iniciados a partir del 1° de enero de 2003, admitiéndose su aplicación anticipada.

ARTICULO 4°

Registrar la presente en el libro de Resoluciones, publicarla en los Boletines Oficiales de la República Argentina y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comunicarla a los matriculados por todos los medios de difusión de la Institución y con oficio a los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas de todas las provincias, a la Federación...

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